* Incorpora el documento
PCNICC/2000/INF/3/Add.2 y las correcciones a los textos en árabe,
español y francés presentadas por gobiernos de conformidad con el
párrafo 16 de la introducción. |
Informe
de la Comisión Preparatoria de la Corte Penal Internacional
Adición
Segunda parte
Proyecto de texto definitivo de los Elementos de los Crímenes*
Nota: La estructura de los elementos de los crímenes de genocidio,
crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra se atiene a la de
las disposiciones correspondientes de los artículos 6, 7 y 8 del
Estatuto de Roma. Algunos párrafos de estos artículos enumeran crímenes múltiples. En tales
casos, los elementos de los crímenes figuran en párrafos aparte, que corresponden
a cada uno de dichos crímenes, para facilitar la identificación de los respectivos elementos.
Elementos de los Crímenes
Introducción general
1.
De conformidad
con el artículo 9, los siguientes elementos de los crímenes ayudarán a la
Corte a interpretar y a aplicar los artículos 6, 7 y 8 en forma compatible
con el Estatuto. Serán aplicables a los elementos de los crímenes las disposiciones
del Estatuto, incluido el artículo 21, y los principios generales enunciados
en la Parte III.
2.
Como lo
señala el artículo 30, salvo disposición en contrario una persona será penalmente
responsable y podrá ser penada por un crimen de la competencia de la Corte
únicamente si los elementos materiales del crimen se realizaron con intención
y conocimiento. Cuando no se hace referencia en los elementos de los crímenes
a un elemento de intencionalidad para una conducta, consecuencia o circunstancia
indicada, se entenderá aplicable el elemento de intencionalidad que corresponda
según el artículo 30, esto es, la intención, el conocimiento o ambos. A continuación
se indican excepciones a la norma del artículo 30 sobre la base del Estatuto
y con inclusión del derecho aplicable en virtud de las disposiciones del Estatuto
en la materia.
3.
La existencia
de la intención y el conocimiento puede inferirse de los hechos y las circunstancias
del caso.
4.
Con respecto
a los elementos de intencionalidad relacionados con elementos que entrañan
juicios de valor, como los que emplean los términos “inhumanos” o “graves”,
por ejemplo, no es necesario que el autor haya procedido personalmente a hacer
un determinado juicio de valor, a menos que se indique otra cosa.
5.
Los elementos
correspondientes a cada crimen no se refieren en general a las circunstancias
eximentes de responsabilidad penal o a su inexistencia[1].
6.
El requisito
de ilicitud establecido en el Estatuto o en otras normas de derecho internacional,
en particular del derecho internacional humanitario, no está en general especificado
en los elementos de los crímenes.
7.
La estructura
de los elementos de los crímenes sigue en general los principios siguientes:
– Habida cuenta de que los Elementos de los Crímenes
se centran en la conducta, las consecuencias y las circunstancias correspondientes
a cada crimen, por regla general están enumerados en ese orden;
– Cuando se requiera un elemento de intencionalidad específico, éste
aparecerá después de la conducta, la consecuencia o la circunstancia correspondiente;
– Las circunstancias de contexto se enumeran en
último lugar.
8.
El término
“autor”, tal y como se emplea en los Elementos de los crímenes, es neutral
en cuanto a la culpabilidad o la inocencia. Los elementos, incluidos los de
intencionalidad que procedan, son aplicables, mutatis mutandis, a quienes hayan incurrido en responsabilidad penal
en virtud de los artículos 25 y 28 del Estatuto.
9.
Una determinada
conducta puede configurar uno o más crímenes.
10. La utilización de expresiones abreviadas para
designar a los crímenes en los títulos no surtirá ningún efecto jurídico.
Artículo 6
Genocidio
Introducción
Con respecto al último de los elementos
de cada crimen:
– La expresión “en el contexto de” incluiría los
actos iniciales de una serie que comienza a perfilarse;
– La expresión “manifiesta” es una calificación
objetiva;
– Pese a que el artículo 30 exige normalmente un
elemento de intencionalidad, y reconociendo que el conocimiento de las circunstancias
generalmente se tendrá en cuenta al probar la intención de cometer genocidio,
el requisito eventual de que haya un elemento de intencionalidad con respecto
a esta circunstancia es algo que habrá de decidir la Corte en cada caso en
particular.
Artículo 6 a)
Genocidio mediante matanza
Elementos
1. Que el autor haya dado muerte[2] a una o más personas.
2. Que esa persona o personas
hayan pertenecido a un grupo nacional, étnico, racial o religioso determinado.
3. Que el autor haya tenido la intención de
destruir, total o parcialmente, a ese grupo nacional, étnico, racial o religioso
como tal.
4. Que la conducta haya tenido
lugar en el contexto de una pauta manifiesta de conducta similar dirigida
contra ese grupo o haya podido por sí misma causar esa destrucción.
Artículo 6 b)
Genocidio mediante lesión grave a la integridad física o mental
Elementos
1. Que el autor haya causado lesión grave
a la integridad física o mental de una o más personas[3].
2. Que esa persona o personas
hayan pertenecido a un grupo nacional, étnico, racial o religioso determinado.
3. Que el autor haya tenido la intención de
destruir, total o parcialmente, a ese grupo nacional, étnico, racial o religioso
como tal.
4. Que la conducta haya tenido
lugar en el contexto de una pauta manifiesta de conducta similar dirigida
contra ese grupo o haya podido por sí misma causar esa destrucción.
Artículo 6 c)
Genocidio mediante sometimiento intencional a condiciones de existencia
que hayan de acarrear su destrucción física
Elementos
1. Que el autor haya sometido intencionalmente
a una o más personas a ciertas condiciones de existencia.
2. Que esa persona o personas
hayan pertenecido a un grupo nacional, étnico, racial o religioso determinado.
3. Que el autor haya tenido la intención de
destruir, total o parcialmente, a ese grupo nacional, étnico, racial o religioso
como tal.
4. Que las condiciones de existencia hayan
tenido el propósito de acarrear la destrucción física, total o parcial, de
ese grupo[4].
5. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de una pauta manifiesta de conducta similar dirigida contra ese grupo
o haya podido por sí misma causar esa destrucción.
Artículo 6 d)
Genocidio mediante la imposición de medidas destinadas a impedir
nacimientos
Elementos
1. Que el autor haya impuesto ciertas medidas
contra una o más personas.
2. Que esa persona o personas
hayan pertenecido a un grupo nacional, étnico, racial o religioso determinado.
3. Que el autor haya tenido la intención de
destruir, total o parcialmente, a ese grupo nacional, étnico, racial o religioso
como tal.
4. Que las medidas impuestas hayan estado
destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo.
5. Que la conducta haya tenido
lugar en el contexto de una pauta manifiesta de conducta similar dirigida
contra ese grupo o haya podido por sí misma causar esa destrucción.
Artículo 6 e)
Genocidio mediante el traslado por la fuerza de niños
Elementos
1. Que el autor haya trasladado por la fuerza
a una o más personas[5].
2. Que esa persona o personas
hayan pertenecido a un grupo nacional, étnico, racial o religioso determinado.
3. Que el autor haya tenido la intención de
destruir, total o parcialmente, a ese grupo nacional, étnico, racial o religioso
como tal.
4. Que el traslado haya tenido lugar de ese
grupo a otro grupo.
5. Que los trasladados hayan sido menores
de 18 años.
6. Que el autor supiera, o hubiera debido
saber, que los trasladados eran menores de 18 años.
7. Que los actos hayan tenido lugar en el
contexto de una pauta manifiesta de conducta similar dirigida contra ese grupo
o haya podido por sí misma causar esa destrucción.
Artículo 7
Crímenes de lesa humanidad
Introducción
1.
Por cuanto
el artículo 7 corresponde al derecho penal internacional, sus disposiciones,
de conformidad con el artículo 22, deben interpretarse en forma estricta,
teniendo en cuenta que los crímenes de lesa humanidad, definidos en el artículo
7, se hallan entre los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad
internacional en su conjunto, justifican y entrañan la responsabilidad penal
individual y requieren una conducta que no es permisible con arreglo al derecho
internacional generalmente aplicable, como se reconoce en los principales
sistemas jurídicos del mundo.
2.
Los dos
últimos elementos de cada crimen de lesa humanidad describen el contexto en
que debe tener lugar la conducta. Esos elementos aclaran la participación
requerida en un ataque generalizado o sistemático contra una población civil
y el conocimiento de dicho ataque. No obstante, el último elemento no debe
interpretarse en el sentido de que requiera prueba de que el autor tuviera
conocimiento de todas las características del ataque ni de los detalles precisos
del plan o la política del Estado o la organización. En el caso de un ataque
generalizado o sistemático contra una población civil que esté comenzando,
la cláusula de intencionalidad del último elemento indica que ese elemento
existe si el autor tenía la intención de cometer un ataque de esa índole.
3.
Por “ataque
contra una población civil” en el contexto de esos elementos se entenderá
una línea de conducta que implique la comisión múltiple de los actos a que
se refiere el párrafo 1 del artículo 7 del Estatuto contra una población civil
a fin de cumplir o promover la política de un Estado o de una organización
de cometer ese ataque. No es necesario que los actos constituyan un ataque
militar. Se entiende que la “política ... de cometer ese ataque” requiere
que el Estado o la organización promueva o aliente activamente un ataque de
esa índole contra una población civil[6].
Artículo 7 1) a)
Crimen de lesa humanidad de asesinato
Elementos
1. Que el autor haya dado muerte[7] a una o más personas.
2. Que la conducta se haya cometido como parte
de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.
3. Que el autor haya tenido
conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático
dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta
fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) b)
Crimen de lesa humanidad de exterminio
Elementos
1. Que el autor haya dado muerte[8], a una o más personas, incluso mediante la
imposición de condiciones de existencia destinadas deliberadamente a causar
la destrucción de parte de una población[9].
2. Que la conducta haya consistido en una
matanza de miembros de una población civil o haya tenido lugar como parte[10] de esa matanza.
3. Que la conducta se haya cometido como parte
de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.
4. Que el autor haya tenido
conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático
dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta
fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) c)
Crimen de lesa humanidad de esclavitud
Elementos
1. Que el autor haya ejercido uno de los atributos
del derecho de propiedad sobre una o más personas, como comprarlas, venderlas,
prestarlas o darlas en trueque, o todos ellos, o les haya impuesto algún tipo
similar de privación de libertad[11].
2. Que la conducta se haya cometido como parte
de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.
3. Que el autor haya tenido
conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático
dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta
fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) d)
Crimen de lesa humanidad de deportación o traslado forzoso de población
Elementos
1. Que el autor haya deportado o trasladado[12] por la fuerza[13], sin motivos autorizados por el derecho internacional
y mediante la expulsión u otros actos de coacción, a una o más personas a
otro Estado o lugar.
2. Que esa o esas personas hayan
estado presentes legítimamente en la zona de la que fueron deportadas o trasladadas.
3. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que determinaban la legitimidad de dicha presencia.
4. Que la conducta se haya cometido como parte
de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.
5. Que el autor haya tenido
conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático
dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta
fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) e)
Crimen de lesa humanidad de encarcelación u otra privación grave de
la libertad física
Elementos
1. Que el autor haya encarcelado a una o más
personas o las haya sometido de otra manera, a una privación grave de la libertad
física.
2. Que la gravedad de la conducta
haya sido tal que constituya una infracción de normas fundamentales del derecho
internacional.
3. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que determinaban la gravedad de la conducta.
4. Que la conducta se haya cometido como parte
de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.
5. Que el autor haya tenido
conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático
dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta
fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) f)
Crimen de lesa humanidad de tortura[14]
Elementos
1. Que el autor haya infligido a una o más
personas graves dolores o sufrimientos físicos o mentales.
2. Que el autor tuviera a esa o esas personas
bajo su custodia o control.
3. Que el dolor o el sufrimiento no haya sido
resultado únicamente de la imposición de sanciones legítimas, no fuese inherente
ni incidental a ellas.
4. Que la conducta se haya cometido como parte
de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.
5. Que el autor haya tenido
conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático
dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta
fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) g)–1
Crimen de lesa humanidad de violación
Elementos
1. Que el autor haya invadido[15] el cuerpo de una persona mediante una conducta
que haya ocasionado la penetración, por insignificante que fuera, de cualquier
parte del cuerpo de la víctima o del autor con un órgano sexual o del orificio
anal o vaginal de la víctima con un objeto u otra parte del cuerpo.
2. Que la invasión haya tenido lugar por la
fuerza, o mediante la amenaza de la fuerza o mediante coacción, como la causada
por el temor a la violencia, la intimidación, la detención, la opresión sicológica
o el abuso de poder, contra esa u otra persona o aprovechando un entorno de
coacción, o se haya realizado contra una persona incapaz de dar su libre consentimiento[16].
3. Que la conducta se haya cometido como parte
de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.
4. Que el autor haya tenido
conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático
dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta
fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) g)–2
Crimen de lesa humanidad de esclavitud sexual[17]
Elementos
1. Que el autor haya ejercido uno de los atributos
del derecho de propiedad sobre una o más personas, como comprarlas, venderlas,
prestarlas o darlas en trueque, o todos ellos, o les haya impuesto algún tipo
similar de privación de libertad[18].
2. Que el autor haya hecho que esa o esas
personas realizaran uno o más actos de naturaleza sexual.
3. Que la conducta se haya cometido como parte
de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.
4. Que el autor haya tenido
conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático
dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta
fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) g)–3
Crimen de lesa humanidad de prostitución forzada
Elementos
1. Que el autor haya hecho que una o más personas
realizaran uno o más actos de naturaleza sexual por la fuerza, o mediante
la amenaza de la fuerza o mediante coacción, como la causada por el temor
a la violencia, la intimidación, la detención, la opresión psicológica o el
abuso de poder contra esa o esas personas u otra persona, o aprovechando un
entorno de coacción o la incapacidad de esa o esas personas de dar su libre
consentimiento.
2. Que el autor u otra persona
hayan obtenido, o esperaran obtener, ventajas pecuniarias o de otro tipo a
cambio de los actos de naturaleza sexual o en relación con ellos.
3. Que la conducta se haya cometido como parte
de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.
4.
Que el autor
haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado
o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención
de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) g)–4
Crimen de lesa humanidad de embarazo forzado
Elementos
1. Que el autor haya confinado a una o más
mujeres que hayan quedado embarazadas por la fuerza, con la intención de modificar
la composición étnica de una población o de cometer otra infracción grave
del derecho internacional.
2. Que la conducta se haya cometido como parte
de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.
3. Que el autor haya tenido
conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático
dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta
fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) g)–5
Crimen de lesa humanidad de esterilización forzada
Elementos
1. Que el autor haya privado a una o más personas
de la capacidad de reproducción biológica[19].
2. Que la conducta no haya tenido
justificación en un tratamiento médico o clínico de la víctima o víctimas
ni se haya llevado a cabo con su libre consentimiento[20].
3. Que la conducta se haya cometido como parte
de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.
4. Que el autor haya tenido
conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático
dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta
fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) g)–6
Crimen de lesa humanidad de violencia sexual
Elementos
1. Que el autor haya realizado un acto de naturaleza sexual
contra una o más personas o haya hecho que esa o esas personas realizaran
un acto de naturaleza sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza
o mediante coacción, como la causada por el temor a la violencia, la intimidación,
la detención, la opresión psicológica o el abuso de poder, contra esa
o esas personas u otra persona o aprovechando un entorno de coacción o la
incapacidad de esa o esas personas de dar su libre consentimiento.
2. Que esa conducta haya tenido
una gravedad comparable a la de los demás crímenes del artículo 7 1) g) del
Estatuto.
3. Que el autor haya sido consciente
de las circunstancias de hecho que determinaban la gravedad de la conducta.
4. Que la conducta se haya cometido como parte
de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.
5. Que el autor haya tenido
conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático
dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta
fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) h)
Crimen de lesa humanidad de persecución
Elementos
1. Que el autor haya privado gravemente a
una o más personas de sus derechos fundamentales en contravención del derecho
internacional[21].
2. Que el autor haya dirigido
su conducta contra esa persona o personas en razón de la identidad de un grupo
o colectividad o contra el grupo o la colectividad como tales.
3. Que la conducta haya estado dirigida contra
esas personas por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales,
religiosos o de género, según la definición del párrafo 3 del artículo 7 del
Estatuto, o por otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables
con arreglo al derecho internacional.
4. Que la conducta se haya cometido en relación
con cualquier acto de los señalados en el párrafo 1 del artículo 7 del Estatuto
o con cualquier crimen de la competencia de la Corte[22].
5. Que la conducta se haya cometido como parte
de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.
6. Que el autor haya tenido
conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático
dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta
fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) i)
Crimen de lesa humanidad de desaparición forzada de personas[23],[24]
Elementos
1. Que el autor:
a)
Haya aprehendido, detenido[25],[26] o secuestrado a una o más personas; o
b)
Se haya negado a reconocer la aprehensión, la detención o el secuestro
o a dar información sobre la suerte o el paradero de esa persona o personas.
2. a)
Que tal aprehensión, detención o secuestro haya sido seguido o acompañado
de una negativa a reconocer esa privación de libertad o a dar información
sobre la suerte o el paradero de esa persona o personas; o
b)
Que tal negativa haya estado precedida o acompañada de esa privación
de libertad.
3. Que el autor haya sido consciente de que[27]:
a)
Tal aprehensión, detención o secuestro sería seguido en el curso normal
de los acontecimientos de una negativa a reconocer la privación de libertad
o a dar información sobre la suerte o el paradero de esa persona o personas[28]; o
b)
Tal negativa estuvo precedida o acompañada de esa privación de libertad.
4. Que tal aprehensión, detención o secuestro
haya sido realizada por un Estado u organización política o con su autorización,
apoyo o aquiescencia.
5.
Que tal
negativa a reconocer la privación de libertad o a dar información sobre la
suerte o el paradero de esa persona o personas haya sido realizada por un
Estado u organización política o con su autorización o apoyo.
6.
Que el autor
haya tenido la intención de dejar a esa persona o personas fuera del amparo
de la ley por un período prolongado.
7.
Que la conducta
se haya cometido como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido
contra una población civil.
8.
Que el autor
haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado
o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención
de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) j)
Crimen de lesa humanidad de apartheid
Elementos
1. Que el autor haya cometido un acto inhumano
contra una o más personas.
2. Que ese acto fuera uno de los mencionados
en el párrafo 1 del artículo 7 del Estatuto o fuera de carácter semejante
a alguno de esos actos[29].
3. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que determinaban el carácter del acto.
4. Que la conducta se haya cometido en el
contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas
de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales.
5. Que con su conducta el autor
haya tenido la intención de mantener ese régimen.
6. Que la conducta se haya cometido como parte
de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.
7. Que el autor haya tenido conocimiento de
que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido
contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera
parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) k)
Crimen de lesa humanidad de otros actos inhumanos
Elementos
1. Que el autor haya causado mediante un acto
inhumano grandes sufrimientos o atentado gravemente contra la integridad física
o la salud mental o física.
2. Que tal acto haya tenido un carácter similar
a cualquier otro de los actos a que se refiere el párrafo 1 del artículo 7
del Estatuto[30].
3. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que determinaban el carácter del acto.
4. Que la conducta se haya cometido como parte
de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil.
5.
Que el autor
haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado
o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención
de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 8
Crímenes de guerra
Introducción
Los elementos de los crímenes de guerra
de que tratan los apartados c) y e) del párrafo 2 del artículo 8 del Estatuto
están sujetos a las limitaciones indicadas en los apartados d) y f) de ese
párrafo, que no constituyen elementos de crímenes.
Los elementos de los crímenes de guerra
de que trata el párrafo 2 del artículo 8 del Estatuto serán interpretados
en el marco establecido del derecho internacional de los conflictos armados
con inclusión, según proceda, del derecho internacional aplicable a los conflictos
armados en el mar.
Con respecto a los dos últimos elementos
enumerados para cada crimen:
• No se exige que el autor haya hecho una evaluación
en derecho acerca de la existencia de un conflicto armado ni de su carácter
internacional o no internacional;
• En ese contexto, no se exige que el autor sea
consciente de los hechos que hayan determinado que el conflicto tenga
carácter internacional o no internacional;
• Únicamente se exige el conocimiento de las circunstancias
de hecho que hayan determinado la existencia de un conflicto armado, implícito
en las palabras “haya tenido lugar en el contexto de ... y que haya estado
relacionada con él”.
Artículo 8 2) a)
Artículo 8 2) a) i)
Crimen de guerra de homicidio intencional
Elementos
1. Que el autor haya dado muerte a una o más
personas[31].
2 Que esa persona o personas hayan estado
protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.
3. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que establecían esa protección[32],[33].
4. Que la conducta haya tenido
lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada
con él[34].
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) ii)–1
Crimen de guerra de tortura
Elementos[35]
1. Que el autor haya causado
grandes dolores o sufrimientos físicos o mentales a una o más personas.
2. Que el autor haya causado
los dolores o sufrimientos con una finalidad tal como la de obtener información
o una confesión, castigar a la víctima, intimidarla o ejercer coacción sobre
ella o por cualquier otra razón basada en discriminación de cualquier tipo.
3. Que esa persona o personas
hayan estado protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra
de 1949.
4. Que el autor haya sido consciente
de las circunstancias de hecho que establecían esa protección.
5. Que la conducta haya tenido
lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada
con él.
6. Que el autor haya sido consciente
de circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) ii)–2
Crimen de guerra de tratos inhumanos
Elementos
1. Que el autor haya infligido
grandes dolores o sufrimientos físicos o mentales a una o más personas.
2. Que esa persona o personas
hayan estado protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra
de 1949.
3. Que el autor haya sido consciente
de las circunstancias de hecho que establecían esa protección.
4. Que la conducta haya tenido
lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada
con él.
5. Que el autor haya sido consciente
de circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) ii)–3
Crimen de guerra de someter a experimentos biológicos
Elementos
1. Que el autor haya sometido a una o más
personas a un determinado experimento biológico.
2. Que el experimento haya puesto en grave
peligro la salud física o mental o la integridad de la persona o personas.
3. Que el experimento no se haya realizado
con fines terapéuticos, no estuviera justificado por razones médicas ni se
haya llevado a cabo en interés de la persona o personas.
4. Que esa persona o personas hayan estado
protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.
5. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que establecían esa protección.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
7. Que el autor haya tenido conocimiento de
circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) iii)
Crimen de guerra de causar deliberadamente grandes sufrimientos
Elementos
1. Que el autor haya causado
grandes dolores o sufrimientos físicos o mentales o haya atentado gravemente
contra la integridad física o la salud de una o más personas.
2. Que esa persona o personas hayan estado
protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.
3. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que establecían esa protección.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) iv)
Crimen de guerra de destrucción y apropiación de bienes
Elementos
1. Que el autor haya destruido bienes o se
haya apropiado de ellos.
2. Que la destrucción o la apropiación no
haya estado justificada por necesidades militares.
3. Que la destrucción o la apropiación se
haya cometido a gran escala y
arbitrariamente.
4. Que los bienes hayan estado protegidos
en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.
5. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que establecían esa protección.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) v)
Crimen de guerra de obligar a servir en fuerzas enemigas
Elementos
1. Que el autor haya obligado a una o más personas,
mediante hechos o amenazas, a participar en operaciones bélicas dirigidas
contra el país o las fuerzas armadas de esa persona o personas, o a servir
en las fuerzas de una potencia enemiga.
2. Que esa persona o personas hayan estado
protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.
3. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que establecían esa protección.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) vi)
Crimen de guerra de denegación de un juicio justo
Elementos
1. Que el autor haya privado a una o más personas
de un juicio justo e imparcial al denegarles las garantías judiciales que
se definen, en particular, en los Convenios de Ginebra III y IV de 1949.
2. Que esa persona o personas hayan estado
protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.
3. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que establecían esa protección.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) vii)–1
Crimen de guerra de deportación o traslado ilegales
Elementos
1. Que el autor haya deportado
o trasladado a una o más personas a otro Estado o a otro lugar.
2. Que esa persona o personas hayan estado
protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.
3. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que establecían esa protección.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) vii)–2
Crimen de guerra de detención ilegal
Elementos
1. Que el autor haya detenido o mantenido
detenidas en determinado lugar a una o más personas.
2. Que esa persona o personas hayan estado
protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.
3. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que establecían esa protección.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) viii)
Crimen de guerra de toma de rehenes
Elementos
1. Que el autor haya capturado, detenido o
mantenido en calidad de rehén a una o más personas.
2. Que el autor haya amenazado
con matar, herir o mantener detenida a esa persona o personas.
3. Que el autor haya tenido la intención de
obligar a un Estado, a una organización internacional, una persona natural
o jurídica o un grupo de personas a que actuaran o se abstuvieran de actuar
como condición expresa o tácita de la seguridad o la puesta en libertad de
esa persona o personas.
4. Que esa persona o personas hayan estado
protegidas en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949.
5. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que establecían esa protección.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b)
Artículo 8 2) b) i)
Crimen de guerra de dirigir ataques contra la población civil
Elementos
1. Que el autor haya lanzado un ataque.
2. Que el ataque haya sido dirigido contra
una población civil en cuanto tal o contra personas civiles que no participaban
directamente en las hostilidades.
3. Que el autor haya tenido la intención de
dirigir el ataque contra la población civil en cuanto tal o contra civiles
que no participaban directamente en las
hostilidades.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) ii)
Crimen de guerra de dirigir ataques contra objetos de carácter civil
Elementos
1. Que el autor haya lanzado un ataque.
2. Que el objeto del ataque hayan sido bienes
de carácter civil, es decir, bienes que no fuesen objetivos militares.
3. Que el autor haya tenido la intención de
dirigir el ataque contra tales bienes de carácter civil.
4. Que
la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional
y haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) iii)
Crimen de guerra de dirigir ataques contra personal o bienes participantes
en una misión de mantenimiento de la paz
o de asistencia humanitaria
Elementos
1. Que el autor haya lanzado un ataque.
2. Que el objeto del ataque haya sido personal,
instalaciones, material, unidades o vehículos participantes en una misión
de mantenimiento de la paz o de asistencia humanitaria de conformidad con
la Carta de las Naciones Unidas.
3. Que el autor haya tenido la intención de
dirigir el ataque contra tal personal, instalaciones, material, unidades o
vehículos participantes en la misión.
4. Que el personal, las instalaciones, el
material, las unidades o los vehículos mencionados hayan tenido derecho a
la protección otorgada a personas civiles o bienes de carácter civil con arreglo
al derecho internacional de los conflictos armados.
5. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que establecían esa protección.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) iv)
Crimen de guerra de causar incidentalmente muertes, lesiones o daños
excesivos
Elementos
1. Que el autor haya lanzado un ataque.
2. Que el ataque haya sido tal
que causaría pérdidas incidentales de vidas, lesiones a civiles o daños a
bienes de carácter civil o daños extensos, duraderos y graves al medio ambiente
natural de magnitud tal que serían manifiestamente excesivos en relación con
la ventaja militar concreta y directa de conjunto prevista[36].
3. Que el autor haya sabido que el ataque
causaría pérdidas incidentales de vidas, lesiones a civiles o daños a bienes
de carácter civil o daños extensos, duraderos y graves al medio ambiente natural
de magnitud tal que serían manifiestamente excesivos en relación con la ventaja
militar concreta y directa de conjunto que se
prevea[37].
4. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) v)
Crimen de guerra de atacar lugares no defendidos[38]
Elementos
1. Que el autor haya atacado una o más ciudades,
aldeas, viviendas o edificios.
2. Que las ciudades, las aldeas,
las viviendas o los edificios hayan estado abiertos a la ocupación sin resistencia.
3. Que las ciudades, las aldeas, las viviendas
o los edificios no hayan constituido objetivos militares.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) vi)
Crimen de guerra de causar la muerte o lesiones a una persona que esté
fuera de combate
Elementos
1. Que el autor haya causado la muerte o lesiones
a una o más personas.
2. Que esa persona o personas hayan estado
fuera de combate.
3. Que el autor haya sido consciente
de circunstancias de hecho que establecían esa condición.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) vii)–1
Crimen de guerra de utilizar de modo indebido una bandera blanca
Elementos
1. Que el autor haya utilizado una bandera
blanca.
2. Que el autor haya hecho tal utilización
para fingir una intención de negociar cuando no tenía esa intención.
3. Que el autor haya sabido o debiera haber
sabido que estaba prohibido utilizar la bandera blanca de esa forma[39].
4. Que la conducta haya causado
la muerte o lesiones graves a una o más personas.
5. Que el autor haya sabido que esa conducta
podría causar la muerte o lesiones graves a una o más personas.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) vii)–2
Crimen de guerra de utilizar de modo indebido una bandera, insignia
o uniforme del enemigo
Elementos
1. Que el autor haya utilizado una bandera,
insignia o uniforme del enemigo.
2. Que el autor haya hecho tal utilización
en forma prohibida por el derecho internacional de los conflictos armados,
mientras llevaba a cabo un ataque.
3. Que
el autor haya sabido o debiera haber sabido que estaba prohibido utilizar
la bandera, insignia o uniforme de esa forma[40].
4. Que la conducta haya causado
la muerte o lesiones graves a una o más personas.
5. Que el autor haya sabido que esa conducta
podría causar la muerte o lesiones graves a una o más personas.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) vii)–3
Crimen de guerra de utilizar de modo indebido una bandera, una insignia
o un uniforme de las Naciones Unidas
Elementos
1. Que el autor haya utilizado
una bandera, una insignia o un uniforme de las Naciones Unidas.
2. Que el autor haya hecho tal utilización
en forma prohibida por el derecho internacional de los conflictos armados.
3. Que el autor haya sabido que estaba prohibido
utilizar la bandera, la insignia o el uniforme de esa forma[41].
4. Que la conducta haya causado
la muerte o lesiones graves a una o más personas.
5. Que el autor haya sabido que esa conducta
podría causar la muerte o lesiones graves a una o más personas.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) vii)–4
Crimen de guerra de utilizar de modo indebido los emblemas distintivos
de los Convenios de Ginebra
Elementos
1. Que el autor haya utilizado
los emblemas distintivos de los Convenios de Ginebra.
2. Que el autor haya hecho tal utilización
para fines de combate[42] en forma prohibida por el derecho internacional
de los conflictos armados.
3. Que el autor haya sabido o debiera haber
sabido que estaba prohibido utilizar los emblemas de esa forma[43].
4. Que la conducta haya causado
la muerte o lesiones graves a una o más personas.
5. Que el autor haya sabido que esa conducta
podría causar la muerte o lesiones graves a una o más personas.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) viii)
El traslado, directa o indirectamente, por la Potencia ocupante de
parte de su población civil al territorio que ocupa, o la deportación o el
traslado de la totalidad o parte de la población del territorio ocupado, dentro
o fuera de ese territorio
Elementos
1. Que el autor haya:
a) Trasladado[44], directa o indirectamente, parte de su propia
población al territorio que ocupa; o
b)
Deportado o trasladado la totalidad o parte de la población del territorio
ocupado, dentro o fuera de ese territorio.
2. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
3. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) ix)
Crimen de guerra de atacar bienes protegidos[45]
Elementos
1.
Que el autor
haya lanzado un ataque.
2.
Que el ataque
haya estado dirigido contra uno o más edificios dedicados a la religión, la
instrucción, las artes, las ciencias o la beneficencia, los monumentos históricos,
los hospitales o los lugares en que se agrupe a enfermos y heridos que no
sean objetivos militares.
3.
Que el autor
haya tenido la intención de dirigir el ataque contra tales edificios dedicados
a la religión, la instrucción, las artes, las ciencias o la beneficencia,
los monumentos históricos, los hospitales o los lugares en que se agrupa a
enfermos y heridos que no sean objetivos militares.
4.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
5.
Que el autor
haya sido consciente de que había circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) x)–1
Crimen de guerra de mutilaciones
Elementos
1.
Que el autor
haya mutilado a una o más personas, en particular desfigurándolas o incapacitándolas
permanentemente o les haya extirpado un órgano o amputado un miembro.
2.
Que la conducta
haya causado la muerte a esa persona o personas o haya puesto en grave peligro
su salud física o mental.
3.
Que la conducta
no haya estado justificada en razón del tratamiento médico, dental u hospitalario
de esa persona o personas ni se haya llevado a cabo en su interés[46].
4.
Que esa
persona o personas estén en poder de una parte adversa.
5.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
6.
Que el autor
haya sido consciente de que había circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) x)–2
Crimen de guerra de someter a experimentos médicos o científicos
Elementos
1.
Que el autor
haya sometido a una o más personas a un experimento médico o científico.
2.
Que el experimento
haya causado la muerte de esa persona o personas o haya puesto en grave peligro
su salud física o mental o su integridad.
3.
Que la conducta
no estuviera justificada en razón del tratamiento médico, dental u hospitalario
de esa persona o personas ni se haya llevado a cabo en su interés.
4.
Que esa
persona o personas se encontraran en poder de una parte adversa.
5.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
6.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xi)
Crimen de guerra de matar o herir a traición
Elementos
1.
Que el autor
se haya ganado la confianza de una o más personas y les haya hecho creer que
tenían derecho a protección o que él estaba obligado a protegerlas en virtud
de las normas del derecho internacional aplicable a los conflictos armados.
2.
Que el autor
haya tenido la intención de traicionar esa confianza.
3.
Que el autor
haya dado muerte o herido a esa persona o personas.
4.
Que el autor
al matar o herir, haya aprovechado la confianza que se había ganado.
5.
Que esa
persona o personas hayan pertenecido a una parte enemiga.
6.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
7.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xii)
Crimen de guerra de no dar cuartel
Elementos
1.
Que el autor
haya dado una orden o hecho una declaración en el sentido de que no hubiese
supervivientes.
2.
Que la orden
o la declaración se haya dado o hecho para amenazar a un adversario o para
proceder a las hostilidades de manera de que no quedasen sobrevivientes.
3.
Que el autor
estuviera en situación de mando o control efectivos respecto de las fuerzas
subordinadas a las que haya dirigido la orden o la declaración.
4.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional o haya
estado relacionada con él.
5.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xiii)
Crimen de guerra de destruir bienes del enemigo o apoderarse de bienes
del enemigo
Elementos
1.
Que el autor
haya destruido un bien o se haya apoderado de un bien.
2.
Que ese
bien haya sido de propiedad de una parte enemiga.
3.
Que ese
bien haya estado protegido de la destrucción o apropiación en virtud del derecho
internacional de los conflictos armados.
4.
Que el autor
haya sido consciente de las circunstancias de hecho que establecían la condición
del bien.
5.
Que la destrucción
o apropiación no haya estado justificada por necesidades militares.
6.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
7.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xiv)
Crimen de guerra de denegar derechos o acciones a los nacionales de
la parte enemiga
Elementos
1.
Que el autor
haya abolido, suspendido o declarado inadmisibles ante un tribunal ciertos
derechos o acciones.
2.
Que la abolición,
suspensión o declaración de inadmisibilidad hayan estado dirigidas contra
los nacionales de una parte enemiga.
3.
Que el autor
haya tenido la intención de que la abolición, suspensión o declaración de
inadmisibilidad estuvieran dirigidas contra los nacionales de una parte enemiga.
4.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
5.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xv)
Crimen de guerra de obligar a participar en operaciones bélicas
Elementos
1.
Que el autor
haya obligado a una o más personas, mediante hechos o amenazas, a participar
en operaciones bélicas contra su propio país o sus propias fuerzas.
2.
Que esa
persona o personas hayan sido nacionales de una parte enemiga.
3.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
4.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xvi)
Crimen de guerra de saquear
Elementos
1.
Que el autor
se haya apropiado de un bien.
2.
Que el autor
haya tenido la intención de privar del bien a su propietario y de apropiarse
de él para su uso privado o personal[47].
3.
Que la apropiación
haya tenido lugar sin el consentimiento del propietario.
4.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
5.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xvii)
Crimen de guerra de emplear veneno o armas envenenadas
Elementos
1.
Que el autor
haya empleado una sustancia o un arma que descargue una sustancia como resultado
de su uso.
2.
Que la sustancia
haya sido tal que, en el curso normal de los acontecimientos, cause la muerte
o un daño grave para la salud por sus propiedades tóxicas.
3.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
4.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xviii)
Crimen de guerra de emplear gases, líquidos, materiales o dispositivos
prohibidos
Elementos
1.
Que el autor
haya empleado un gas u otra sustancia o dispositivo análogo.
2.
Que el gas,
la sustancia o el dispositivo haya sido tal que, en el curso normal de los
acontecimientos, cause la muerte o un daño grave para la salud por sus propiedades
asfixiantes o tóxicas[48].
3.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
4.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xix)
Crimen de guerra de emplear balas prohibidas
Elementos
1.
Que el autor
haya empleado ciertas balas.
2.
Que las
balas hayan sido tales que su uso infrinja el derecho internacional de los
conflictos armados porque se ensanchan o aplastan fácilmente en el cuerpo
humano.
3.
Que el autor
haya sido consciente de que la naturaleza de las balas era tal que su uso
agravaría inútilmente el sufrimiento o el efecto de la herida.
4.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
5.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xx)
Crimen de guerra de emplear armas, proyectiles, materiales o métodos
de guerra enumerados en el anexo del Estatuto
Elementos
[Los elementos se redactarán cuando se hayan indicado
en un anexo del Estatuto las armas, proyectiles, materiales o métodos de guerra.]
Artículo 8 2) b) xxi)
Crimen de guerra de cometer atentados contra la dignidad personal
Elementos
1.
Que el autor
haya sometido a una o más personas a tratos humillantes o degradantes o haya
atentado de cualquier otra forma contra su dignidad[49].
2.
Que el trato
humillante o degradante o el atentado contra la dignidad haya sido tan
grave que esté reconocido generalmente como atentado contra la dignidad personal.
3.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
4.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xxii)–1
Crimen de guerra de violación
Elementos
1.
Que el autor
haya invadido[50] el cuerpo de una persona mediante una conducta
que haya ocasionado la penetración, por insignificante que fuera, de cualquier
parte del cuerpo de la víctima o del autor con un órgano sexual o del orificio
anal o genital de la víctima con un objeto u otra parte del cuerpo.
2.
Que la invasión
se haya cometido por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza o mediante
coacción, como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la
detención, la opresión psicológica o el abuso de poder, contra esa persona
u otra persona o aprovechando el entorno coercitivo, o se haya realizado en
condiciones en que la persona era incapaz de dar su libre consentimiento[51].
3.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
4.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xxii)–2
Crimen de guerra de esclavitud sexual[52]
Elementos
1.
Que el autor
haya ejercido uno de los atributos del derecho de propiedad sobre una o más
personas, como comprarlas, venderlas, prestarlas o darlas en trueque, o imponerles
algún tipo similar de privación de la libertad, o cualquiera de dichos atributos[53].
2.
Que el autor
haya hecho que esa persona o esas personas realizaran uno o más actos de naturaleza
sexual.
3.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
4.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xxii)–3
Crimen de guerra de prostitución forzada
Elementos
1.
Que el autor
haya hecho que una o más personas realizaran uno o más actos de naturaleza
sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza o mediante coacción,
como la causada por temor a la violencia, la intimidación, la detención, la
opresión psicológica o el abuso de poder, contra esa o esas personas o contra
otra o aprovechando un entorno coercitivo o la incapacidad de esa o esas personas
de dar su libre consentimiento.
2.
Que el autor
u otra persona hayan obtenido o esperado obtener ventajas pecuniarias o de
otro tipo a cambio de los actos de naturaleza sexual o en relación con ellos.
3.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
4.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xxii)–4
Crimen de guerra de embarazo forzado
Elementos
1.
Que el autor
haya confinado a una o más mujeres que hayan quedado embarazadas por la fuerza,
con la intención de modificar la composición étnica de una población o de
cometer otra infracción grave del derecho internacional.
2.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
3.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xxii)–5
Crimen de guerra de esterilización forzada
Elementos
1.
Que el autor
haya privado a una o más personas de la capacidad de reproducción biológica[54].
2.
Que la conducta
no haya tenido justificación en un tratamiento médico u hospitalario de la
víctima o víctimas ni se haya llevado a cabo con su libre consentimiento[55].
3.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
4.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xxii)–6
Crimen de guerra de violencia sexual
Elementos
1.
Que el autor
haya realizado un acto de naturaleza sexual contra una o más personas o haya
hecho que esa o esas personas realizaran un acto de naturaleza sexual por
la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza o mediante coacción, como la
causada por el miedo a la violencia, la intimidación, la detención, la opresión
psicológica o el abuso de poder, contra esa o esas personas o contra otra
o aprovechando un entorno de coacción o la incapacidad de esa o esas
personas de dar su libre consentimiento.
2.
Que la conducta
haya tenido una gravedad comparable a la de una infracción grave de los Convenios
de Ginebra.
3.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que determinaban la gravedad
de su conducta.
4.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
5.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xxiii)
Crimen de guerra de utilizar a personas protegidas como escudos
Elementos
1.
Que el autor
haya trasladado a una o más personas civiles o a otras personas protegidas
en virtud del derecho internacional de los conflictos armados o haya aprovechado
su presencia de alguna otra manera.
2. Que el autor haya tenido la intención de
proteger un objetivo militar de un ataque o proteger, favorecer o entrabar
operaciones militares.
3. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
4. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xxiv)
Crimen de guerra de atacar bienes o personas que utilicen los emblemas
distintivos de los Convenios de Ginebra
Elementos
1.
Que el autor
haya atacado a una o más personas, edificios, unidades o medios de transporte
sanitarios u otros bienes que utilizaban de conformidad con el derecho internacional
un emblema distintivo u otro método de identificación que indicaba que gozaban
de protección con arreglo a los Convenios de Ginebra.
2. Que el autor haya tenido
la intención de atacar a esas personas, edificios, unidades o medios de transporte
sanitarios u otros bienes que utilizaban esa identificación.
3. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
4. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xxv)
Crimen de guerra de hacer padecer hambre como método de guerra
Elementos
1. Que el autor haya privado
a personas civiles de objetos indispensables para su supervivencia.
2. Que el autor haya tenido
la intención de hacer padecer hambre a personas civiles como método de guerra.
3. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado internacional y haya estado relacionada con
él.
4. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xxvi)
Crimen de guerra de utilizar, reclutar o alistar niños en las fuerzas armadas
Elementos
1.
Que el autor
haya reclutado o alistado a una o más personas en las fuerzas armadas nacionales
o las haya utilizado para participar activamente en las hostilidades.
2.
Que esa
o esas personas hayan sido menores de 15 años.
3.
Que el autor
haya sabido o debiera haber sabido que se trataba de menores de 15 años.
4.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado internacional y haya
estado relacionada con él.
5.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) c)
Artículo 8 2) c) i)–1
Crimen de guerra de homicidio
Elementos
1. Que el autor haya dado muerte a una o más
personas.
2. Que esa persona o personas
hayan estado fuera de combate o hayan sido personas civiles o miembros del
personal sanitario o religioso[56] que no tomaban parte activa en las hostilidades.
3. Que el autor haya sido consciente
de las circunstancias de hecho que establecían esa condición.
4.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole
internacional y haya estado relacionada con él.
5.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) c) i)–2
Crimen de guerra de mutilaciones
Elementos
1.
Que el autor
haya mutilado a una o más personas, en particular desfigurándolas o incapacitándolas
permanentemente o les haya extirpado un órgano o amputado un miembro.
2.
Que la conducta
no haya estado justificada en razón del tratamiento médico, dental u hospitalario
de la persona o personas ni se haya llevado a cabo en su interés.
3.
Que la persona
o personas hayan estado fuera de combate o hayan sido personas civiles o miembros
del personal sanitario o religioso que no tomaban parte activa en las hostilidades.
4.
Que el autor
haya sido consciente de las circunstancias de hecho que establecían esa condición.
5.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole
internacional y haya estado relacionada con él.
6.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) c) i)–3
Crimen de guerra de tratos crueles
Elementos
1. Que el autor haya infligido graves dolores
o sufrimientos físicos o mentales a una o más personas.
2. Que esa persona o personas
hayan estado fuera de combate o hayan sido personas civiles o miembros del
personal sanitario o religioso que no tomaban parte activa en las hostilidades.
3. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que establecían esa condición.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya
estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) c) i)–4
Crimen de guerra de tortura
Elementos
1. Que el autor haya infligido graves dolores
o sufrimientos físicos o mentales a una o más personas.
2. Que el autor haya infligido el dolor o
sufrimiento a los fines de obtener información o una confesión, como castigo,
intimidación o coacción o por cualquier otra razón basada en discriminación
de cualquier tipo.
3. Que esa persona o personas
hayan estado fuera de combate o hayan sido personas civiles o miembros del
personal sanitario o religioso que no tomaban parte activa en las hostilidades.
4. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que establecían esa condición.
5. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya
estado relacionada con él.
6. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) c) ii)
Crimen de guerra de atentados contra la dignidad personal
Elementos
1. Que el autor haya sometido a una o más
personas a tratos humillantes o degradantes o haya atentado de cualquier otra
forma contra su dignidad[57].
2. Que el trato humillante,
degradante o el atentado contra la dignidad haya sido tan grave que esté reconocido
generalmente como ultraje contra la dignidad personal.
3. Que esa persona o personas
hayan estado fuera de combate o hayan sido personas civiles o miembros del
personal sanitario o religioso que no tomaban parte activa en las hostilidades.
4. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que establecían esa condición.
5. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya
estado relacionada con él.
6. Que el autor haya tenido conocimiento de
circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) c) iii)
Crimen de guerra de toma de rehenes
Elementos
1. Que el autor haya capturado,
detenido o retenido como rehén a una o más personas.
2. Que el autor haya amenazado
con matar, herir o seguir deteniendo a esa persona o personas.
3. Que el autor haya tenido la intención de
obligar a un Estado, una organización internacional, una persona natural o
jurídica o un grupo de personas a que actuaran o se abstuvieran de actuar
como condición expresa o tácita de la seguridad o la puesta en libertad de
esa persona o personas.
4. Que esa persona o personas
hayan estado fuera de combate o hayan sido personas civiles o miembros del
personal sanitario o religioso que no tomaban parte activa en las hostilidades.
5. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que establecían esa condición.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya
estado relacionada con él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) c) iv)
Crimen de guerra de condenar o ejecutar sin garantías judiciales
Elementos
1. Que el autor haya condenado o ejecutado
a una o más personas[58].
2. Que esa persona o personas
hayan estado fuera de combate o hayan sido personas civiles o miembros del
personal sanitario o religioso que no tomaban parte activa en las hostilidades.
3. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias de hecho que establecían esa condición.
4. Que no haya habido un juicio
previo ante un tribunal o que el tribunal no estuviera regularmente constituido,
es decir, no ofreciera las garantías esenciales de independencia e imparcialidad
o no ofreciera todas las garantías judiciales generalmente reconocidas como
indispensables de conformidad con el derecho internacional[59].
5. Que el autor haya sabido que no había habido
un juicio previo o no se habían ofrecido las garantías correspondientes y
el hecho de que eran esenciales o indispensables para un juicio imparcial.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya
estado relacionada con él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) e)
Artículo 8 2) e) i)
Crimen de guerra de dirigir ataques contra la población civil
Elementos
1.
Que el autor
haya lanzado un ataque.
2.
Que el objeto
del ataque haya sido una población civil en cuanto tal o personas civiles
que no participaban directamente en las hostilidades.
3.
Que el autor
haya tenido la intención de dirigir el ataque contra la población civil
en cuanto a tal o contra personas civiles que no participaban directamente
en las hostilidades.
4.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole
internacional y haya estado relacionada con él.
5.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) e) ii)
Crimen de guerra de dirigir ataques contra bienes o personas que utilicen
los emblemas distintivos de los Convenios de Ginebra
Elementos
1.
Que el autor
haya atacado a una o más personas, edificios, unidades o medios de transporte
sanitarios u otros bienes que utilizaban de conformidad con el derecho internacional
un emblema distintivo u otro método de identificación que indicaba que gozaban
de protección con arreglo a los Convenios de Ginebra.
2.
Que el autor
haya tenido la intención de atacar esas personas, edificios, unidades o vehículos
u otros objetos que utilizaban esa identificación.
3.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole
internacional y haya estado relacionada con él.
4.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) e) iii)
Crimen de guerra de dirigir ataques contra personal o bienes participantes
en una misión de mantenimiento de la paz o de asistencia humanitaria
Elementos
1.
Que el autor
haya lanzado un ataque.
2.
Que el objeto
del ataque haya sido personal, instalaciones, material, unidades o vehículos
participantes en una misión de mantenimiento de la paz o de asistencia humanitaria
de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas.
3.
Que el autor
haya tenido la intención de dirigir el ataque contra el personal, las instalaciones,
el material, las unidades o los vehículos participantes en la misión.
4.
Que el personal,
las instalaciones, el material, las unidades o los vehículos mencionados hayan
tenido derecho a la protección otorgada a las personas civiles o a los bienes
de carácter civil con arreglo al derecho internacional de los conflictos armados.
5.
Que el autor
haya sido consciente de las circunstancias de hecho que establecían esa protección.
6.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole
internacional y haya estado relacionada con él.
7.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) e) iv)
Crimen de guerra de dirigir ataques contra objetos protegidos[60]
Elementos
1.
Que el autor
haya lanzado un ataque.
2.
Que el ataque
haya estado dirigido contra uno o más edificios dedicados a la religión, la
educación, las artes, las ciencias o la beneficencia, los monumentos históricos,
los hospitales o los lugares en que se agrupe a enfermos y heridos que no
sean objetivos militares.
3.
Que el autor
haya tenido la intención de dirigir el ataque contra tales edificios dedicados
a la religión, la educación, las artes, las ciencias o la beneficencia, monumentos
históricos, hospitales o lugares en que se agrupa a enfermos y heridos que
no sean objetivos militares.
4.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole
internacional y haya estado relacionada con él.
5.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) e) v)
Crimen de guerra de saquear
Elementos
1.
Que el autor
se haya apropiado de un bien.
2.
Que el autor
haya tenido la intención de privar del bien a su propietario y de apropiarse
de él para su uso privado o personal[61].
3.
Que la apropiación
haya tenido lugar sin el consentimiento del propietario.
4.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole
internacional y haya estado relacionada con él.
5.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) e) vi)–1
Crimen de guerra de violación
Elementos
1.
Que el autor
haya invadido[62] el cuerpo de una persona mediante una conducta
que haya ocasionado la penetración, por insignificante que fuera, de cualquier
parte del cuerpo de la víctima o del autor con un órgano sexual o del orificio
anal o genital de la víctima con un objeto u otra parte del cuerpo.
2.
Que la invasión
se haya cometido por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza o mediante
coacción, como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la
detención, la opresión psicológica o el abuso de poder, contra esa persona
u otra persona o aprovechando el entorno coercitivo, o se haya realizado en
condiciones en que la persona era incapaz de dar su libre consentimiento[63].
3.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole
internacional y haya estado relacionada con él.
4.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) e) vi)–2
Crimen de guerra de esclavitud sexual[64]
Elementos
1.
Que el autor
haya ejercido uno de los atributos del derecho de propiedad sobre una o más
personas, como comprarlas, venderlas, prestarlas o darlas en trueque, o imponerles
algún tipo similar de privación de la libertad[65].
2.
Que el autor
haya hecho que esa persona o esas personas realizaran uno o más actos de naturaleza
sexual.
3.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole
internacional y haya estado relacionada con él.
4.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) e) vi)–3
Crimen de guerra de prostitución forzada
Elementos
1.
Que el autor
haya hecho que una o más personas realizaran uno o más actos de naturaleza
sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza o mediante coacción,
como la causada por temor a la violencia, la intimidación, la detención, la
opresión psicológica o el abuso de poder, contra esa o esas personas o contra
otra o aprovechando un entorno coercitivo o la incapacidad de esa o esas personas
de dar su libre consentimiento.
2.
Que el autor
u otra persona hayan obtenido o esperado obtener ventajas pecuniarias o de
otro tipo a cambio de los actos de naturaleza sexual o en relación con ellos.
3.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole
internacional y haya estado relacionada con él.
4.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) e) vi)–4
Crimen de guerra de embarazo forzado
Elementos
1.
Que el autor
haya confinado a una o más mujeres que hayan quedado embarazadas por la fuerza,
con la intención de modificar la composición étnica de una población
o de cometer otra infracción grave del derecho internacional.
2.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole
internacional y haya estado relacionada con él.
3.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) e) vi)–5
Crimen de guerra de esterilización forzada
Elementos
1.
Que el autor
haya privado a una o más personas de la capacidad de reproducción biológica[66].
2.
Que la conducta no haya tenido justificación en un tratamiento médico u
hospitalario de la víctima o víctimas ni se haya llevado a cabo con su libre
consentimiento[67].
3.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole
internacional y haya estado relacionada con él.
4.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) e) vi)–6
Crimen de guerra de violencia sexual
Elementos
1.
Que el autor
haya realizado un acto de naturaleza sexual contra una o más personas o haya
hecho que esa o esas personas realizaran un acto de naturaleza sexual por
la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza o mediante coacción, como la
causada por el miedo a la violencia, la intimidación, la detención, la opresión
psicológica o el abuso de poder, contra esa o esas personas o contra otra
o aprovechando un entorno de coacción o la incapacidad de esa o esas personas
de dar su libre consentimiento.
2.
Que la conducta
haya tenido una gravedad comparable a la de una infracción grave de los Convenios
de Ginebra.
3.
Que el autor
haya sido consciente de las circunstancias de hecho que determinaban la gravedad
de su conducta.
4.
Que la conducta
haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado que no era de índole
internacional y haya estado relacionada con él.
5.
Que el autor
haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia
de un conflicto armado.
Artículo 8 2) e) vii)
Crimen de guerra de utilizar, reclutar o alistar niños
Elementos
1. Que el autor haya reclutado o alistado
a una o más personas en fuerzas armadas o grupos o las haya utilizado para
participar activamente en las hostilidades.
2. Que esa o esas personas hayan sido menores
de 15 años.
3. Que el autor haya sabido o debiera haber
sabido que se trataba de menores de 15 años.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya
estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) e) viii)
Crimen de guerra de desplazar a personas civiles
Elementos
1. Que el autor haya ordenado el desplazamiento
de una población civil.
2. Que la orden no haya estado justificada
por la seguridad de las personas civiles de que se trataba o por necesidades
militares.
3. Que el autor haya estado en situación de
causar ese desplazamiento mediante la orden.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya
estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) e) ix)
Crimen de guerra de matar o herir a traición
Elementos
1. Que el autor se haya ganado la confianza
de uno o más combatientes adversarios y les haya hecho creer que tenían derecho
a protección o que él estaba obligado a protegerlos en virtud de las normas
del derecho internacional aplicable a los conflictos armados.
2. Que el autor haya tenido la intención de
traicionar esa confianza.
3. Que el autor haya dado muerte o herido
a esa persona o personas.
4. Que el autor, al matar o
herir, haya aprovechado la confianza que se había ganado.
5. Que esa persona o personas haya pertenecido
a una parte adversa.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya
estado relacionada con él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) e) x)
Crimen de guerra de no dar cuartel
Elementos
1. Que el autor haya dado una orden o hecho
una declaración en el sentido de que no hubiese supervivientes.
2. Que la orden o la declaración
se haya dado o hecho para amenazar a un adversario o para conducir las hostilidades
de manera de que no hubiesen supervivientes.
3. Que el autor haya estado en situación de
mando o control efectivos respecto de las fuerzas subordinadas a las que haya
dirigido la orden o la declaración.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya
estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) e) xi)–1
Crimen de guerra de mutilaciones
Elementos
1. Que el autor haya mutilado a una o más
personas, en particular desfigurando o incapacitándolas permanentemente o
les haya extirpado un órgano o amputado un miembro.
2. Que la conducta haya causado la muerte
a esa persona o personas o haya puesto en grave peligro su salud física o
mental.
3. Que la conducta no haya estado
justificada en razón del tratamiento médico, dental u hospitalario de esa
persona o personas ni se haya llevado a cabo en su interés[68].
4. Que esa persona o personas hayan estado
en poder de otra parte en el conflicto.
5. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya
estado relacionada con él.
6. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) e) xi)–2
Crimen de guerra de someter a experimentos médicos o científicos
Elementos
1. Que el autor haya sometido a una o más
personas a un experimento médico o científico.
2. Que el experimento haya causado la muerte
de esa persona o personas o haya puesto en grave peligro su salud o integridad
física o mental.
3. Que la conducta no haya estado
justificada en razón del tratamiento médico, dental u hospitalario de esa
persona o personas ni se haya llevado a cabo en su interés.
4. Que esa persona o personas hayan estado
en poder de otra parte en el conflicto.
5. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya
estado relacionada con él.
6. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) e) xii)
Crimen de guerra de destruir bienes del enemigo o apoderarse de bienes
del enemigo
Elementos
1. Que el autor haya destruido un bien o se
haya apoderado de un bien.
2. Que ese bien haya sido de propiedad de
una parte enemiga.
3. Que ese bien haya estado protegido de la
destrucción o apropiación en virtud del derecho internacional de los conflictos
armados.
4. Que el autor haya sido consciente de las
circunstancias que establecían la condición del bien.
5. Que la destrucción o apropiación no haya
estado justificada por necesidades militares.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el
contexto de un conflicto armado que no era de índole internacional y haya
estado relacionada con él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias
de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
[1] Este
párrafo se entenderá sin perjuicio de la obligación que tiene el Fiscal
con arreglo al párrafo 1 del artículo 54 del Estatuto.
[3]
Esta conducta puede incluir, actos de tortura, violaciones, violencia
sexual o tratos inhumanos o degradantes, pero no está necesariamente limitada
a ellos.
[4]
La expresión “condiciones de existencia” podrá incluir, entre otras
cosas, el hecho de privar a esas personas de los recursos indispensables
para la supervivencia, como alimentos o servicios médicos, o de expulsarlos
sistemáticamente de sus hogares.
[5] La expresión
“por la fuerza” no se limita a la fuerza física, sino que puede incluir
la amenaza de la fuerza o la coacción, como la causada por el temor a la
violencia, la intimidación, la detención, la opresión sicológica o el abuso
de poder, contra esa o esas personas o contra otra o aprovechando un entorno
de coacción.
[6] La política
que tuviera a una población civil como objeto del ataque se ejecutaría mediante
la acción del Estado o de la organización. Esa política, en circunstancias
excepcionales, podría ejecutarse por medio de una omisión deliberada de
actuar y que apuntase conscientemente a alentar un ataque de ese tipo. La
existencia de una política de ese tipo no se puede deducir exclusivamente
de la falta de acción del gobierno o la organización.
[7] La expresión
“dado muerte” es intercambiable con la expresión “causado la muerte”. Esta
nota será aplicable a todos los elementos en que se emplee uno de los dos
conceptos.
[9] La imposición
de esas condiciones podría incluir la privación del acceso a alimentos y
medicinas.
[11] Se entiende
que ese tipo de privación de libertad podrá, en algunas circunstancias,
incluir la exacción de trabajos forzados o la reducción de otra manera a
una persona a una condición servil, según se define en la Convención suplementaria
sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones
y prácticas análogas a la esclavitud, de 1956. Se entiende además que la
conducta descrita en este elemento incluye el tráfico de personas, en particular
de mujeres y niños.
[13] La expresión
“por la fuerza” no se limita a la fuerza física, sino que puede incluir
la amenaza de la fuerza o la coacción, como la causada por el temor a la
violencia, la intimidación, la detención, la opresión sicológica o el abuso
de poder, contra esa o esas personas u otra o aprovechando un entorno de
coacción.
[15] El concepto
de “invasión” se utiliza en sentido amplio para que resulte neutro en cuanto
al género.
[16] Se entiende
que una persona es incapaz de dar su libre consentimiento si adolece de
una incapacidad natural, inducida o debida a la edad. La presente nota se
aplica también a los elementos correspondientes del artículo 7 1) g)–3,
5 y 6.
[17] Dado
el carácter complejo de este crimen, se reconoce que sus autores podrían
ser dos o más personas con un propósito delictivo común.
[18] Se entiende
que ese tipo de privación de libertad podrá, en algunas circunstancias,
incluir la exacción de trabajos forzados o la reducción de otra manera a
una persona a una condición servil, según se define en la Convención suplementaria
sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones
y prácticas análogas a la esclavitud, de 1956. Se entiende además que la
conducta descrita en este elemento incluye el tráfico de personas, en particular
de mujeres y niños.
[19] Esto
no incluye las medidas de control de la natalidad que no tengan un efecto
permanente en la práctica.
[21] Este
requisito se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 6 de la
introducción general a los elementos de los crímenes.
[22] Se entiende
que en este elemento no es necesario ningún otro elemento de intencionalidad
además del previsto en el elemento 6.
[23] Dado
el carácter complejo de este crimen, se reconoce que en su comisión participará
normalmente más de un autor con un propósito delictivo común.
[24] El crimen
será de la competencia de la Corte únicamente si el ataque indicado en los
elementos 7 y 8 se produjo después de la entrada en vigor del Estatuto.
[26] Se entiende
que, en determinadas circunstancias, la aprehensión o la detención pudieron
haber sido legales.
[27] Este
elemento, incluido a causa de la complejidad de este delito, se entiende
sin perjuicio de la introducción general a los elementos de los crímenes.
[28] Se entiende
que, en el caso del autor que haya mantenido detenido a alguien que ya lo
estaba, se daría ese elemento si el autor fuese consciente de que esa negativa
ya había tenido lugar.
[31] La expresión
“haya dado muerte” es intercambiable con “haya causado la muerte”. Esta
nota es aplicable a todos los elementos en que se utilice uno de esos conceptos.
[32] Este
elemento de intencionalidad reconoce la relación entre los artículos 30
y 32. Esta nota también es aplicable al elemento correspondiente de cada
uno de los crímenes comprendidos en el artículo 8 2) a) y a los elementos
de otros crímenes comprendidos en el artículo 8 2), relativo a la conciencia
de circunstancias de hecho que establezcan la condición de personas o bienes
protegidos en virtud de las normas de derecho internacional aplicables a
los conflictos armados.
[33] Con
respecto a la nacionalidad queda entendido que el autor únicamente tiene
que saber que la víctima pertenecía a la otra parte en el conflicto. Esta
nota también es aplicable al elemento correspondiente de cada uno de los
crímenes comprendidos en el artículo 8 2) a).
[34] El término
“conflicto armado internacional” incluye la ocupación militar. Esta nota
también es aplicable al elemento correspondiente de cada uno de los crímenes
comprendidos en el artículo 8 2) a).
[35] Habida
cuenta de que, según el elemento 3, todas las víctimas deben “haber estado
protegidas” en virtud de uno o más de los Convenios de Ginebra de 1949,
estos elementos no incluyen el requisito de custodia o control que se encuentra
en los elementos del artículo 7 1) f).
[36] La expresión
“ventaja militar concreta y directa de conjunto” se refiere a una ventaja
militar que fuera previsible por el autor en el momento correspondiente.
Tal ventaja puede, temporal o geográficamente, estar o no relacionada con
el objeto del ataque. El hecho de que en el contexto de este crimen se admita
la posibilidad de lesiones o daños incidentales legales no justifica en
modo alguno una violación del derecho aplicable en los conflictos armados.
No se hace referencia a las justificaciones de la guerra ni a otras normas
relativas al jus ad bellum. La
norma recoge el requisito de proporcionalidad inherente a la determinación
de la legalidad de una actividad militar en el contexto de un conflicto
armado.
[37] A diferencia
de la regla general que se enuncia en el párrafo 4 de la introducción general,
este elemento de conocimiento exige que el autor haga el juicio de valor
indicado en ella. La evaluación del juicio de valor debe fundarse en la
información necesaria que hubiese tenido el autor en el momento del acto.
[38] La presencia
en una localidad de personas especialmente protegidas con arreglo a los
Convenios de Ginebra de 1949 o de fuerzas de policía destinadas al único
objeto de mantener el orden público, por sí sola, no convierte a esa localidad
en un objetivo militar.
[39] Este
elemento de intencionalidad reconoce la interacción entre el artículo 30
y el artículo 32. Las palabras “estaba prohibido” denotan ilegalidad.
[40] Este
elemento de intencionalidad reconoce la interacción entre el artículo 30
y el artículo 32. Las palabras “estaba prohibido” denotan ilegalidad.
[41] Este
elemento de intencionalidad reconoce la interacción entre el artículo 30
y el artículo 32. El criterio de que el autor “debiera haber sabido”,
aplicable a los demás crímenes tipificados en el artículo 8 2) b) vii),
no lo es aquí porque las prohibiciones correspondientes son de índole reglamentaria
y variable.
[42] Por
“fines de combate” en estas circunstancias se entiende un propósito directamente
relacionado con las hostilidades, y no se incluyen las actividades médicas,
religiosas o similares.
[43] Este
elemento de intencionalidad reconoce la interacción entre el artículo 30
y el artículo 32. Las palabras “estaba prohibido” denotan ilegalidad.
[44] El término
“trasladar” debe interpretarse con arreglo a las disposiciones pertinentes
del derecho internacional humanitario.
[45] La presencia
en la localidad de personas especialmente protegidas en virtud de los Convenios
de Ginebra de 1949 o de fuerzas de policía mantenidas con el único fin de
preservar el orden público no convierte a la localidad, por ese solo hecho,
en un objetivo militar.
[46] El consentimiento
no es una eximente de este crimen. La disposición sobre este crimen prohíbe
todo procedimiento médico que no esté indicado por el estado de salud de
la persona afectada y que no esté de acuerdo con las normas médicas generalmente
aceptadas que se aplicarían en circunstancias médicas análogas a personas
que sean nacionales de la parte que realiza el procedimiento y que no estén
en modo alguno privadas de su libertad. Esta nota también se aplica al mismo
elemento del artículo 8 2) b) x)–2.
[47]
Como indica la acepción de la expresión “uso privado o personal”,
la apropiación justificada por necesidades militares no constituye crimen
de saqueo.
[48] Nada
de lo dispuesto en este elemento se interpretará como limitación o en perjuicio
de las normas del derecho internacional vigentes o en desarrollo acerca
de la elaboración, la producción, el almacenamiento y la utilización de
armas químicas.
[49] Para
los efectos de este crimen, el término “personas” puede referirse a personas
fallecidas. Se entiende que la víctima no tiene que ser consciente
de la existencia de un trato humillante o degradante o de un atentado
contra su dignidad. Este elemento tiene en cuenta los aspectos pertinentes
de la cultura a que pertenece la víctima.
[50] El concepto
de “invasión” se utiliza en sentido amplio, para que resulte neutro en cuanto
al género.
[51] Se entiende
que una persona es incapaz de dar su libre consentimiento si sufre una incapacidad
natural, inducida o debida a la edad. Esta nota es también aplicable a los
elementos correspondientes del artículo 8 2) b) xxii)–3, 5 y 6.
[52] Dado
el carácter complejo de este crimen, se reconoce que sus autores podrán
ser dos o más personas con un propósito delictivo común.
[53] Se entiende
que ese tipo de privación de libertad podrá, en algunas circunstancias,
incluir la exacción de trabajos forzados o reducir de otra manera a una
persona a una condición servil, según se define en la Convención suplementaria
sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones
y prácticas análogas a la esclavitud, de 1956. Se entiende además que la
conducta descrita en este elemento incluye el tráfico de personas, en particular
de mujeres y niños.
[54] Este
acto no incluye las medidas de control de la natalidad que no tengan un
efecto permanente en la práctica.
[55] Se entiende
que la expresión “libre consentimiento” no comprende el consentimiento obtenido
mediante engaño.
[56] En la
expresión “personal religioso” se incluye el personal militar no confesional
y no combatiente que realiza una función análoga.
[57] Para
los efectos de este crimen, el término “personas” puede incluir personas
fallecidas. Se entiende que la víctima no tiene que ser personalmente consciente
de la existencia de la humillación o degradación u otra violación. Este
elemento tiene en cuenta los aspectos pertinentes de la cultura a que pertenece
la víctima.
[58] Los
elementos establecidos en estos documentos no se refieren a las diferentes
formas de responsabilidad penal individual que establecen los artículos
25 y 28 del Estatuto.
[59] Con
respecto a los elementos 4 y 5, la Corte debe considerar si, atendidas todas
las circunstancias del caso, el efecto acumulativo de los factores con respecto
a las garantías privó a la persona o a las personas de un juicio imparcial.
[60] La presencia
en la localidad de personas especialmente protegidas en virtud de los Convenios
de Ginebra de 1949 o de fuerzas de policía con el único fin de mantener
el orden público no la convierte en un objetivo militar.
[61] Como
indica la acepción de la expresión “uso privado o personal”, la apropiación
justificada por necesidades militares no constituye crimen de saqueo.
[62] El concepto
de “invasión” se utiliza en sentido amplio, para que resulte neutro en cuanto
al género.
[63] Se entiende
que una persona es incapaz de dar su libre consentimiento si sufre una incapacidad
natural, inducida o debida a la edad. Esta nota es también aplicable a los
elementos correspondientes del artículo 8 2) e) vi)–3, 5 y 6.
[64] Habida
cuenta de la complejidad de la naturaleza de este crimen, se reconoce que
en su comisión podría participar más de un autor, como parte de un propósito
criminal común.
[65] Se entiende
que ese tipo de privación de libertad podrá, en algunas circunstancias,
incluir la exacción de trabajos forzados o reducir de otra manera a una
persona a una condición servil, según se define en la Convención suplementaria
sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones
y prácticas análogas a la esclavitud, de 1956. Se entiende además que la
conducta descrita en este elemento incluye el tráfico de personas, en particular
de mujeres y niños.
[66] Este
acto no incluye las medidas de control de la natalidad que no tengan un
efecto permanente en la práctica.
[67] Se entiende
que la expresión “libre consentimiento” no comprende el consentimiento obtenido
mediante engaño.
[68] El consentimiento
no es una eximente de este crimen. La disposición sobre este crimen prohíbe
todo procedimiento médico que no sea indicado por el estado de salud de
la persona afectada y que no esté de acuerdo con las normas médicas generalmente
aceptadas que se aplicarían en circunstancias médicas análogas a personas
que sean nacionales de la parte que realiza el procedimiento y que no estén
en modo alguno privadas de su libertad. Esta nota también se aplica al mismo
elemento del artículo 8 2) e) xi)–2.