Resolución del Presidente de 10 de julio de 1992 que ordena pruebas adicionales.


 

CASO GANGARAM PANDAY

RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA CORTE

DE 10 DE JULIO DE 1992

VISTO:

Los escritos presentados por las partes, las declaraciones hechas por las mismas y por los testigos y expertos en las audiencias públicas en el presente caso.

CONSIDERANDO:

Que la Corte tiene facultades para ordenar pruebas adicionales y que en este caso es necesario hacerlo con el fin de esclarecer los hechos.

POR TANTO:

EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,

en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 25.2 del Estatuto y 44.2 del Reglamento aplicable a este caso, oído el parecer de la Comisión Permanente.

RESUELVE:

1. Solicitar opiniones técnicas sobre los aspectos criminales y psiquiátricos del caso y las traducciones, las que serán requeridas por el Juez Asdrúbal Aguiar-Aranguren a personal especializado en Venezuela.

2. Solicitar opinión interpretativa, a través de la Secretaría de la Corte, a la Sección de Medicina Forense del Organismo de Investigación Judicial de Costa Rica acerca de los informes médicos que cursan en autos, incluida la cinta de video y las diapositivas.

Héctor Fix-Zamudio

Presidente

Manuel E. Ventura Robles

Secretario


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