University of Minnesota



Caso Genie Lacayo, Oficio del Estado de 10 de noviembre de 1997, referente al cumplimiento de sentencia, reimprimido en 1997 Informe Anual de la Corte Interamericana de Derechos Humanos [271], OEA/Ser.L/V/III.39, doc. 5 (1998).


 

 

 

Ministerio de Relaciones Exeriores Managua, Nicaragua

Managua 10 de noviembre de 1997

HONORABLE SEÑOR HERNAN SALGADO PESANTES

PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA

DE DERECHOS HUMANOS

SAN JOSE, COSTA RICA

 

 

                Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia, en ocasión de referirme al cumplimiento de la Sentencia dictada por esa Honorable Corte en el caso de Jean Paul Genie Lacayo, de fecha 29 de enero de 1997.

                Al respecto, me permito transcribir literalmente y en lo conducente la respuesta que nos ha enviado el Dr. Julio Centeno Gómez, Procurador General de Justicia de la República de Nicaragua y Agente Acreditado ante la Honorable Corte, en relación al presente caso.

                “En carta de 4 de Febrero de 1997, el Excelentísimo Señor Presidente de la República Doctor Arnoldo Alemán Lacayo, se dirigió al Señor Ministro de Defensa Ing. Jaime Cuadra ordenándole el cumplimiento de los procedimientos en los juicios militares para garantizar el justo y debido proceso establecido en nuestra Constitución Política y en la Declaración Universal de Derechos Humanos, tal como lo ordenó la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia referida.

                El Señor Presidente se dirigió también respetuosamente, en carta de esa misma fecha, al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Doctor Guillermo Vargas Sandino, sugiriéndole la resolución de la causa penal en trámite de Casación, la que ya fue resuelta definitivamente.

                En cuanto al pago de la cantidad liquidada de US$20.000.00 a favor de la familia del joven Genie Lacayo, el Presidente Alemán, le manifestó al padre del joven, que se encontraba a su disposición esa cantidad, pero en ese mismo acto se pusieron de acuerdo para que dicha cantidad sirviera para apoyar la “Asociación Jean Paul Genie Lacayo”, que el señor Genie ya había formado.  El dinero de la indemnización se encuentra a la orden del señor Genie Peñalba o de quien él decida en las oficinas de la Presidencia de la República.

                Le ruego aclarar esta situación a las instituciones y organismos correspondientes.”

  Sin más a que hacer referencia, aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las muestras de mi consideración y aprecio.

(f) Emilio Alvarez Montalván


 



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