University of Minnesota



Conclusiones y recomendaciones del Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Viet Nam, U.N. Doc. E/C.12/1993/8 (1993).


 

 

 


EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS DE CONFORMIDAD
CON LOS ARTICULOS 16 Y 17 DEL PACTO

Observaciones finales del Comité de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales


VIET NAM


1. El Comité consideró el informe inicial presentado por la República Socialista de Viet Nam (E/1990/5/Add.10) en sus sesiones 9a., 10a. y 11a., y adoptó en su 19a. sesión (octavo período de sesiones), celebrada el 27 de mayo de 1993 las siguientes observaciones finales:

A. Introducción


2. El Comité expresa su agradecimiento al Estado Parte por la presentación de su informe, así como por su disposición a un diálogo franco y constructivo acerca de la situación de los derechos económicos, sociales y culturales en la República Socialista de Viet Nam. Observa con satisfacción las amplias respuestas y explicaciones orales proporcionadas por el Estado Parte en relación con el cuestionario que se le presentó por escrito.


3. El informe escrito, la información adicional proporcionada por el representante del Estado Parte, así como sus respuestas orales a las preguntas formuladas por los miembros del Comité, permiten obtener una visión más clara y actualizada de los progresos, pero también de las dificultades que inciden en la realización de los derechos económicos, sociales y culturales en Viet Nam.

B. Aspectos positivos


4. El Comité toma nota con beneplácito de las informaciones suministradas por el representante del Estado Parte acerca de la adopción, en abril de 1992, de una nueva Constitución, en reemplazo de la de 1980, la cual consagra una serie de importantes avances en el campo de los derechos fundamentales en ese país. Estos cambios son tanto más evidentes cuanto que el informe inicial presentado por el Estado Parte, con fecha 23 de enero de 1992, refleja la situación prevaleciente con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva Carta Fundamental.


5. El Comité también recibió las informaciones suministradas por el Estado Parte acerca de la elaboración de un nuevo código de trabajo, el cual, una vez aprobado, introduciría una serie de reformas y mejoras necesarias en el campo laboral.


6. Asimismo, el Comité celebra los esfuerzos realizados por el Estado Parte para llevar adelante un extensivo programa de reformas para enfrentar los agudos problemas derivados de una larga guerra, que causó serios estragos en la economía y los sectores más vulnerables de la sociedad.


7. En general, el Comité aprecia la forma abierta y franca en que fue presentado el informe del Estado Parte, sin soslayar las dificultades que aún subsisten y que afectan la plena realización de los derechos económicos, sociales y culturales en Viet Nam.

C. Factores y dificultades que obstaculizan la aplicación del Pacto


8. El Comité observa que el antecedente de una larga guerra, la partición y reunificación posterior del país, así como el complejo proceso de transición de una economía de planificación centralizada a una economía de mercado, ha creado serias dificultades para una aplicación más efectiva del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Otros impedimentos son los altos índices de inflación; la subordinación de la mujer; la dependencia del trabajo infantil, que obstruye el acceso de los niños a la educación, y la carencia de fondos para financiar los programas básicos de seguridad social, salud y educación. También se informó al Comité de las dificultades derivadas de la persistencia de una economía agrícola basada en el monocultivo.

D. Principales temas de preocupación


9. El Comité expresa su preocupación por la ausencia de un movimiento sindical independiente y pluralista y de normas claras y precisas sobre el derecho a la huelga.


10. En el campo de la educación observa que, pese a los avances registrados, todavía no existe un programa que garantice la total gratuidad de la educación a nivel primario. Toma nota asimismo de las altas tasas de absentismo de las escuelas y de un número creciente de niños callejeros vinculados con actividades ilícitas, tales como la prostitución, el abuso y el tráfico ilícito de drogas.


11. El Comité observa que algunas formas de discriminación se producen de forma más o menos sistemática sobre la base de preferencias en favor de individuos provenientes de ciertos grupos, tales como hijos de víctimas de la guerra y de familias condecoradas.

E. Sugerencias y recomendaciones


12. En vista de la evolución positiva que se ha registrado en el ámbito de la aplicación de los derechos económicos, sociales y culturales en los últimos años de la reunificación nacional y, particularmente, de la expedición de la nueva Constitución el 15 de abril de 1992, el Comité recomienda que el Estado Parte intensifique sus esfuerzos con el objeto de resolver en forma más amplia y eficaz el problema de la vigencia plena de tales derechos, a través de medidas internas y de la cooperación internacional, en todos los casos en que ésta sea adecuada. A juicio del Comité, particulares esfuerzos deberían realizarse para solucionar el problema del absentismo escolar y la concentración de mano de obra infantil en perjuicio de la escolaridad, así como para remediar el problema de la sobrecarga de trabajo de la mujer casada. También deberían adoptarse medidas eficaces para reducir los niveles de malnutrición, sobre todo en la población infantil; para mejorar los servicios del sistema de seguridad social; para asegurar la más pronta vigencia del nuevo código de trabajo; y, en general, para paliar el impacto que los ajustes económicos que impulsan el cambio hacia una sociedad de libre mercado ha tenido sobre las minorías y grupos sociales más desventajados.

 



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