University of Minnesota



Conclusiones y recomendaciones del Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Portugal, U.N. Doc. E/C.12/1995/4 (1995).


 

 

 

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 16 Y 17 DEL PACTO

Observaciones finales del Comité de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales


PORTUGAL


1. El Comité examinó el segundo informe periódico de Portugal relativo a los artículos 1 a 15 del Pacto (E/1990/6/Add.6) conjuntamente con las respuestas escritas a las preguntas formuladas por el Grupo de Trabajo anterior al período de sesiones, en sus sesiones séptima, octava y décima, celebradas los días 4 y 5 de mayo de 1995 y aprobó (en su 27ª sesión (12º período de sesiones), celebrada el 18 de mayo de 1995) las siguientes observaciones finales.

A. Introducción


2. El Comité expresa su profundo reconocimiento al Estado Parte por el informe completo y detallado que ha presentado y por las informaciones complementarias sustantivas que ha comunicado por escrito, así como por el diálogo constructivo entablado entre los miembros del Comité y la importante y competente delegación de Portugal, en la que participaba en representación del Gobierno un número considerable de mujeres.


3. El Comité aprecia profundamente la manera transparente, detallada y precisa con que la delegación de Portugal ha contestado a todas las preguntas, mostrando la decidida voluntad del Gobierno de dar aplicación a todas las disposiciones del Pacto.

B. Aspectos positivos


4. El Comité felicita a Portugal por las numerosas medidas constitucionales, legislativas y de otra índole que ha adoptado para dar aplicación a las disposiciones del Pacto. Observa con satisfacción los esfuerzos del Gobierno por luchar contra el desempleo en todos sus aspectos, las medidas positivas adoptadas con respecto a la protección de los derechos económicos, sociales y culturales de las mujeres, los trabajadores de edad y los discapacitados, el aumento -tanto en términos absolutos como en relación con el gasto militar- del gasto público destinado a la salud, la existencia de un régimen de seguridad social no contributivo paralelo al sistema general y las medidas adoptadas para regularizar la situación de los trabajadores inmigrantes clandestinos.


5. El Comité acoge con satisfacción la decisión del Gobierno de Portugal de ratificar el Convenio Nº 138 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la edad mínima de admisión al empleo. Toma nota también con interés del aumento en 1992 de la edad mínima de admisión al empleo, la reciente decisión de fijar en nueve años la duración de la enseñanza obligatoria y las diversas medidas adoptadas para luchar contra el trabajo infantil.


6. El Comité expresa su satisfacción por las campañas realizadas contra la intolerancia y la discriminación racial, en pro de la igualdad entre los sexos y contra el trabajo de los niños. El Comité toma nota con interés de los cursos de formación sobre derechos humanos impartidos a las fuerzas de policía y a los jueces, así como de la campaña de información sobre el Pacto y el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.


7. El Comité reconoce los esfuerzos hechos por el Gobierno de Portugal por obtener del Gobierno de China todas las garantías posibles en cuanto a la observancia de las disposiciones del Pacto en el territorio de Macao después de 1999.

C. Factores y dificultades que obstaculizan la aplicación del Pacto


8. El Comité observa que Portugal se encuentra en una situación de transición económica y presenta todavía en ciertos aspectos las características de un país en desarrollo, en particular una tasa de analfabetismo todavía muy elevada, y que una proporción considerable de la población vive en el umbral de la pobreza.

D. Principales motivos de preocupación


9. El Comité toma nota con preocupación de que, a pesar de las disposiciones legislativas existentes y de los esfuerzos de la Comisión para la igualdad en el trabajo y el empleo, todavía sigue existiendo una discriminación de hecho contra las mujeres en lo que respecta a los derechos de igualdad de trato en el trabajo e igualdad de remuneración.


10. El Comité observa que el salario mínimo no ha aumentado en estos últimos años en proporción al crecimiento económico, y le preocupa la tendencia a la devaluación de ese salario.


11. Al Comité le preocupa también que las tasas de matrícula en la enseñanza secundaria y superior sigan siendo relativamente bajas en comparación con las de ciertos países cuyo estado de desarrollo es análogo al de Portugal. Las tasas de abandono de los estudios y de fracaso escolar a nivel secundario y superior siguen siendo también elevadas.

E. Recomendaciones y sugerencias


12. El Comité recomienda a las autoridades de Portugal que prosigan sus esfuerzos por asegurar la igualdad de hecho entre hombres y mujeres, especialmente en materia de acceso al trabajo y de remuneración igual por trabajo igual.


13. El Comité recomienda al Gobierno que vele por un aumento progresivo del salario mínimo, que debe tener en cuenta el crecimiento económico del país y la tasa de inflación, a fin de mejorar el poder adquisitivo de quienes viven del salario mínimo.


14. El Comité insta al Estado Parte a que prosiga en sus esfuerzos por garantizar el derecho a la vivienda a los sectores más vulnerables, mediante el saneamiento y la rehabilitación de las viviendas insalubres o desprovistas de los servicios básicos mínimos.


15. El Comité recomienda al Gobierno que adopte medidas destinadas a fomentar la matriculación en la enseñanza secundaria y superior y a facilitar el acceso a los niveles de enseñanza secundario y superior de las personas pertenecientes a familias de bajos ingresos.

 



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