University of Minnesota



Conclusiones y recomendaciones del Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Nigeria, U.N. Doc. E/C.12/1/Add.23 (1998).


 

 

 


EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO


Observaciones finales del Comité de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales


NIGERIA

1. El Comité examinó el informe inicial de Nigeria (E/1990/5/Add.31) en sus sesiones sexta a novena, los días 29 de abril a 1º de mayo de 1998, y aprobó en sus sesiones 22ª a 24ª (18º período de sesiones), celebradas el 13 de mayo de 1998 las siguientes observaciones finales.


A. Introducción

2. El Comité acoge con beneplácito la presentación del informe inicial de Nigeria, así como la presencia ante el Comité de una delegación de Nigeria integrada por miembros de la Misión Permanente de Nigeria en Ginebra. El Comité lamenta que no se haya podido enviar una delegación de expertos de la capital, así como el hecho de que el informe inicial de Nigeria no se ajuste a las directrices establecidas por el Comité y de que la información adicional se recibiera demasiado tarde para poder ser traducida. Además, la delegación de Nigeria reconoció que no disponía de los datos y estadísticas actualizados y detallados necesarios para contestar satisfactoriamente a la lista de cuestiones sometida por el Comité al Gobierno de Nigeria once meses antes. La información adicional prometida por la delegación durante el diálogo no llegó a recibirse nunca.

B. Factores y dificultades que obstaculizan la aplicación del Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

3. El disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales se ve obstaculizado por la falta de un Estado de derecho, la existencia en Nigeria de gobiernos militares, la suspensión de la Constitución para gobernar por decreto militar, y el consiguiente recurso a la intimidación, y los efectos negativos de la corrupción generalizada sobre el funcionamiento de las instituciones gubernamentales.

4. El pueblo nigeriano se ve privado de la necesaria protección judicial de sus derechos humanos ya que el poder judicial está debilitado por las "cláusulas de suspensión" incluidas en muchos decretos militares, así como por la negativa del Gobierno militar a dar cumplimiento a las decisiones de los tribunales.

5. La actitud negativa del Gobierno de Nigeria con respecto a la promoción y protección de los derechos humanos en general y de los derechos económicos, sociales y culturales en particular, queda claramente demostrada por su rechazo a cooperar con los mecanismos de las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos, en particular con el Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos y con la Misión de Investigación del Secretario General de las Naciones Unidas.


C. Aspectos positivos

6. El Comité acoge con satisfacción el establecimiento de la Comisión de Derechos Humanos de Nigeria, aunque observa que las facultades e independencia de esa Comisión han sido objeto de críticas. La Comisión ha formulado recomendaciones positivas en la esfera de los derechos humanos y ha solicitado que se establezcan comités de inspección de las cárceles. Sin embargo, hasta ahora no se ha prestado atención a muchas de las recomendaciones de la Comisión.

7. El Comité acoge con satisfacción el establecimiento del Ministerio de Asuntos de la Mujer encargado de velar por el bienestar de mujeres y niños. También se han registrado ligeras mejoras en cuanto a la participación de la mujer en el proceso político. El actual Gabinete cuenta con la presencia de tres mujeres.

8. El Comité también acoge con beneplácito el establecimiento del Comité Nacional para el Disfrute de los Derechos del Niño y la preparación de un Plan Nacional de Acción en favor de la Infancia.

9. El Comité toma nota de la declaración formulada por la delegación de Nigeria de que se está prestando mayor atención a los sectores de la enseñanza y de la sanidad y de que se han aumentado de modo sustancial las asignaciones presupuestarias destinadas a infraestructuras, sanidad y enseñanza.


D. Principales motivos de preocupación

10. El Comité lamenta que, como se indica en el informe del Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos (E/CN.4/1998/62), no se haya permitido a éste visitar el país y que el Gobierno nigeriano no haya hecho caso de los llamamientos formulados ni de las inquietudes expresadas por la Misión de Investigación del Secretario General, de las decisiones de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y de las declaraciones de la Comisión de Derechos Humanos de Nigeria, del Grupo Ministerial de Acción del Commonwealth y de la Organización Internacional del Trabajo.

11. El Comité lamenta que las autoridades nigerianas hayan considerado conveniente expulsar de modo inhumano e indigno a unos 500.000 trabajadores ciudadanos del Chad y de otros países; entre esas personas había algunas que disfrutaban de permisos de residencia y habían vivido legalmente en Nigeria durante muchos años y se habían inscrito a la seguridad social, a la que cotizaban. Parece ser que la mayoría de esas personas no han recibido una indemnización adecuada.

12. Habida cuenta de lo que antecede, y sobre la base del informe del Relator Especial de la Comisión y de lo dispuesto en la resolución 1998/64 de la Comisión, de 21 de abril de 1998, relativa a la situación de los derechos humanos en Nigeria, así como sobre la base de muchos otros informes de organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales independientes (material todo él que se puso a disposición de la delegación de Nigeria antes y durante el diálogo), el Comité ha llegado a la conclusión de que Nigeria no es un Estado de derecho, lo que da lugar a amplias violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales en todos sus aspectos.

13. El Comité está preocupado por el alto porcentaje de desempleo y subempleo de los trabajadores nigerianos, en particular los trabajadores agrícolas debido al abandono del sector agrícola. Esto ha provocado migraciones masivas de trabajadores agrícolas en busca de empleo a las ciudades, donde viven en condiciones degradantes de pobreza.

14. El Comité expresa su preocupación debido a que las mujeres son objeto de discriminación en el lugar de trabajo, en particular en lo que se refiere al acceso al empleo, la promoción a puestos de trabajo importantes y la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor.

15. El Comité está preocupado de que los Consejos Ejecutivos del Congreso del Trabajo de Nigeria, del Sindicato Nacional de Trabajadores del Sector del Petróleo y el Gas Natural (NUPENG) y de la Asociación de Empleados Superiores del Sector del Petróleo y el Gas Natural (PENGASSAN) fueran disueltos en 1994 por decreto militar y de que desde entonces se haya nombrado a administradores militares para dirigir esos sindicatos. El Comité observa asimismo con preocupación que el Gobierno militar también ha reducido el número de sindicatos de 42 a 29 y ha impedido que los sindicatos se integren en las federaciones internacionales de sindicatos. A pesar de las repetidas recomendaciones de la OIT, se siguen produciendo violaciones en esa esfera. A ese respecto, el Comité lamenta que el Gobierno de Nigeria se haya negado a recibir la visita de una misión de contacto directo de la OIT para examinar esas cuestiones.

16. El Comité está muy preocupado por la suerte del Secretario General del NUPENG, Frank Kokori, y del Secretario General de la PENGASSAN, Milton Dabibi, que se encuentran encarcelados desde hace cuatro y dos años, respectivamente, sin que se les haya acusado de ningún delito ni juzgado por él. La delegación de Nigeria no pudo explicar por qué durante todo ese tiempo no se había formulado una acusación concreta contra ellos ni se les había juzgado.

17. El Comité expresa su profunda preocupación por las reiteradas violaciones del derecho de huelga, habida cuenta de que las huelgas iniciadas por los trabajadores con objeto de obtener salarios más elevados han sido reprimidas por el Gobierno con el pretexto de defender la seguridad del Estado.

18. El Comité expresa su preocupación por la política gubernamental de reducción de gastos encaminada a eliminar 200.000 empleos en el sector público sin proporcionar indemnización adecuada a los empleados. El Comité expresa su preocupación debido a que en 1997 el Gobernador militar del estado de Kaduna emitió un decreto de expulsión de 22.000 empleados de la administración pública del estado de Kaduna debido a que esos empleados habían iniciado una huelga.

19. El Comité también manifestó que estaba insatisfecho por el funcionamiento deficiente del sistema de la seguridad social. La delegación de Nigeria indicó que el Gobierno no ejercía injerencia alguna sobre el sector privado, al que pertenecían en la actualidad la mayoría de los trabajadores. No se proporcionaron estadísticas ni otra información sobre el nivel de disfrute por los trabajadores del sector privado de sus derechos en materia de seguridad social. Tampoco existen estadísticas sobre los intentos del Gobierno de ampliar la protección de la seguridad social para que cubra a la mayoría de las personas pobres desempleadas. El Fondo Nacional Fiduciario del Seguro de Nigeria no cubre a todos los menesterosos. En el sector privado, las prestaciones de la seguridad social son voluntarias y dependen de la buena o mala disposición de los empleadores.

20. El Comité deplora que el Gobierno nigeriano no haya conseguido abolir la mutilación genital femenina, una práctica que es incompatible con los derechos humanos de la mujer y en particular con su derecho a la salud. Según el UNICEF, se considera que la mutilación genital femenina en Nigeria afecta al 50% de las mujeres.

21. El Comité condena que subsistan disposiciones jurídicas que permiten que los maridos propinen palizas a sus esposas (para "castigarlas").

22. El Comité observa con preocupación que en Nigeria está muy generalizada la poligamia, una práctica que a menudo es incompatible con los derechos económicos, sociales y culturales de la mujer.

23. El Comité expresa su profunda preocupación por el aumento del número de mujeres y muchachas sin hogar que se ven obligadas a dormir en las calles, donde pueden ser objeto de violación o de otras formas de violencia.

24. Los niños no están en situación mucho mejor. Muchos se dedican a la prostitución para su sustento. La tasa de deserción escolar en la enseñanza primaria supera el 20%. Se calcula que 12 millones de niños realizan un trabajo u otro. Los que asisten a la escuela se hallan hacinados a razón de 80 o más niños en cada una de las aulas, que se encuentran en estado ruinoso y fueron construidas originalmente para un máximo de 40 alumnos. Los niños son las primera víctimas de la disolución del matrimonio. En el derecho nigeriano no se prevé un trato igual para los niños nacidos dentro del matrimonio y los nacidos fuera del matrimonio. Es sumamente alarmante la malnutrición generalizada entre los niños. Cerca del 30% de los niños de Nigeria sufren de malnutrición y sus consecuencias perjudiciales. Según el UNICEF, todos los datos disponibles muestran que el hambre y la malnutrición son corrientes en Nigeria.

25. El Comité está muy preocupado debido a que el 21% de la población de Nigeria vive por debajo de la línea de la pobreza a pesar del rico patrimonio de recursos naturales del país. El Comité también observa con preocupación que, debido a la mala administración civil y económica, a la corrupción, a la inflación galopante y a la rápida devaluación de la naira, Nigeria se encuentra en la actualidad entre los 20 países más pobres del mundo.

26. El Banco Mundial estima que por lo menos 17 millones de nigerianos, muchos de ellos niños, padecen desnutrición. Se está ampliando la brecha entre la tasa de crecimiento de la población y la demanda de alimentos (cada vez mayores) y la tasa de producción de alimentos (cada vez menor). Nigeria, que era un exportador de productos alimentarios, ha pasado a ser un importador neto de ellos.

27. El Comité está consternado por el gran número de personas que carecen de hogar y observa con preocupación el grave problema de la vivienda con que se enfrenta Nigeria, país en que la vivienda decorosa es escasa y relativamente cara. Los pobres de las zonas urbanas, especialmente las mujeres y los niños, se ven obligados a vivir en viviendas improvisadas en condiciones espantosas y degradantes que entrañan un riesgo para la salud física y mental. Alrededor del 50% de los pobladores de las zonas urbanas, pero sólo un 30% de los habitantes de las zonas rurales, disponen de agua corriente apta para el consumo. En general, sólo un 39% de la población de Nigeria tiene acceso a agua no contaminada.

28. El Comité observa con preocupación que durante el último decenio se asignaron muy pocos recursos a los servicios de salud y que éstos estuvieron mal administrados, lo que ha provocado un rápido deterioro de las infraestructuras de atención de la salud de los hospitales. En el presupuesto de 1996 se asignaron 1.700 millones de naira a los servicios de sanidad y sociales, o sea, sólo un 3,5% de todas las partidas asignadas a los ministerios federales. Con frecuencia los pacientes de los hospitales no sólo tienen que comprar las medicinas sino también agujas, jeringas e hilo de sutura, además de pagar por las camas que ocupan. Como resultado de ello muchos médicos nigerianos han decidido emigrar.

29. El Comité observa con alarma el alcance de la devastación que la exploración petrolífera ha provocado en el medio ambiente y la calidad de vida de aquellas zonas, como Ogonilandia, en que se ha descubierto y extraído petróleo sin la debida consideración al mantenimiento de la salud y el bienestar de las personas y a la protección del medio ambiente.

30. El Comité lamenta que las consignaciones gubernamentales para servicios sociales y de salud se hayan reducido constantemente y que las autoridades hayan vuelto a imponer el pago de las matrículas escolares en algunos estados e impongan el pago, antes inexistente, de los servicios de atención de la salud en los hospitales.

31. Los alumnos a menudo tienen que llevar a la escuela sus propios pupitres y sillas. Según informa el UNICEF se ha producido una reducción notable en el número de niños en edad escolar que asisten a la escuela, ya que los padres no tienen medios para pagar los recientes aumentos drásticos de las matrículas en las escuelas primarias y secundarias. El reciente deterioro de la calidad de la educación se debe en parte a la escasa atención que el personal docente presta a su trabajo debido a que sus sueldos son bajos, lo cual a menudo también provoca estallidos de huelga y cierre de escuelas.

32. En 1997 se produjo un aumento drástico de las matrículas universitarias y en algunas universidades, sobre todo en el sur de Nigeria, los estudiantes se vieron obligados a pagar diez veces más que en otros lugares. Además se cerraron las universidades satélite, sin que hubiera razón para ello.

33. Las autoridades militares han hecho de los intelectuales, los periodistas, los profesores universitarios y los estudiantes universitarios un blanco de sus actividades de represión o persecución con el pretexto de que constituyen la oposición política más vociferante y peligrosa. Una de las universidades más importantes ha sido puesta bajo administración militar. Las universidades han sido sometidas a períodos reiterados y prolongados de clausura. También hay un éxodo de personal capacitado en el mundo académico, como consecuencia de la inestabilidad política y académica, así como de los sueldos extremadamente bajos que se pagan a los profesores universitarios.


E. Sugerencias y recomendaciones

34. El restablecimiento de la democracia y del Estado de derecho son requisitos imprescindibles para la aplicación en Nigeria del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. La eliminación de la práctica de gobernar mediante decreto militar y el fortalecimiento de la autoridad del poder judicial y de la Comisión de Derechos Humanos de Nigeria constituyen primeros pasos necesarios para restablecer la confianza en que el régimen tiene intención de reinstaurar el gobierno civil democrático.

35. El Comité insta al Gobierno de Nigeria a que se abra a los órganos y los organismos especializados de las Naciones Unidas y a otras organizaciones internacionales y entable diálogos constructivos y transparentes con ellos, como paso necesario para restablecer la confianza en que Nigeria tiene intención de cumplir sus obligaciones en materia de derechos humanos, inclusive las contraídas en virtud del Pacto.

36. El Comité insta al Gobierno de Nigeria a que restablezca el sistema político democrático y el Estado de derecho, que constituyen requisitos previos para el establecimiento de un sistema de gobierno que promueva el respeto pleno de los derechos económicos, sociales y culturales. También debe restablecerse urgentemente el respeto de la libertad sindical y de la libertad académica.

37. El Comité exhorta al Gobierno del modo más firme posible a que ponga en libertad a los dirigentes y miembros de los sindicatos que están detenidos, en particular los mencionados en el párrafo 16 supra que se encuentran en prisión sin haber sido acusados de un delito o juzgados por él. Se deben aliviar las duras condiciones imperantes en las cárceles y poner en libertad e indultar a los presos políticos. Se deben restablecer y respetar los derechos de los sindicatos.

38. Deben respetarse los derechos de las minorías y de las comunidades étnicas -incluido el pueblo ogoni- y se deben proporcionar indemnizaciones por las violaciones que han sufrido de los derechos enunciados en el Pacto.

39. El Comité insta al Gobierno a eliminar y prevenir en la práctica, y no sólo en la legislación, todas las formas de violencia y discriminación social, económica y física contra las mujeres y los niños, en especial la práctica degradante y peligrosa que aún subsiste de la mutilación genital femenina.

40. De modo análogo, el Gobierno de Nigeria debe promulgar leyes y llevar a cabo una campaña, con todos los medios apropiados, para proteger a los niños contra los numerosos males resultantes del trabajo infantil, la deserción escolar, la malnutrición infantil y la discriminación contra los niños nacidos fuera del matrimonio.

41. El Gobierno de Nigeria debe adoptar medidas para alcanzar las metas que ha aceptado en relación con el programa de Educación para Todos para el Año 2000 y debe hacer realidad el derecho a una enseñanza primaria obligatoria y gratuita.

42. El Comité insta al Gobierno de Nigeria a que se ponga fin inmediatamente a los desalojos masivos y arbitrarios de ciudadanos de sus hogares y a que adopte las medidas que sean necesarias para aliviar la difícil situación de quienes son víctimas de desalojos arbitrarios o son demasiado pobres para disponer de viviendas decorosas. Habida cuenta de la gran escasez de viviendas, el Gobierno debería asignar los recursos necesarios y hacer un esfuerzo sostenido para combatir esa grave situación.

43. El Comité recomienda que se entable y mantenga un diálogo más positivo y abierto entre el Comité y el Gobierno de Nigeria. El Gobierno no debe esperar al momento en que tenga que presentar su próximo informe, dentro de cinco años: el Comité insta al Gobierno a que presente un amplio segundo informe periódico, elaborado conforme a las directrices del Comité, antes del 1º de enero del año 2000.

44. El Comité insta al Estado Parte a que difunda ampliamente las observaciones finales presentes.




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