University of Minnesota



Conclusiones y recomendaciones del Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Finland, U.N. Doc. E/C.12/1/Add.8 (1996).


 

 

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 16 Y 17 DEL PACTO

Observaciones finales del Comité de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales


FINLANDIA


1. El Comité examinó el tercer informe periódico de Finlandia sobre los derechos amparados por los artículos 1 a 15 del Pacto (E/1994/104/Add.7) en sus sesiones 37ª, 38ª y 40ª, celebradas los días 25 y 26 de noviembre de 1996, y aprobó las siguientes observaciones finales en su 51ª sesión, celebrada el 4 de diciembre de 1996.

A. Introducción


2. El Comité agradece al Gobierno de Finlandia la presentación de su informe, que se ajusta a las directrices del Comité relativas a la forma y contenido de los informes de los Estados Partes. El Comité acoge complacido la presentación por escrito por parte de Finlandia de respuestas completas a su lista de preguntas y expresa su satisfacción por el diálogo franco y constructivo establecido con el Estado Parte, mediante una delegación compuesta por expertos. El Comité también toma nota con satisfacción de la información presentada por el Gobierno de Finlandia en un documento básico (HRI/CORE/1/Add.59/Rev.1), así como de la información complementaria sobre la aplicación de los artículos 13 a 15 del Pacto presentada en respuesta a la petición del Comité después de haber examinado el segundo informe periódico de Finlandia en diciembre de 1991 (E/1989/5/Add.10).


B. Aspectos positivos


3. El Comité toma nota de que Finlandia ha alcanzado en general un elevado nivel de cumplimiento de sus obligaciones con respecto a la protección de los derechos establecidos en el Pacto. El Comité agradece a este respecto las recientes enmiendas incorporadas en la Constitución que protegen determinados derechos económicos, sociales y culturales de todas las personas que se encuentran bajo la jurisdicción del Estado Parte. El Comité también toma nota con satisfacción de la existencia y actividades del Consejo Asesor sobre Asuntos de Derechos Humanos, compuesto por representantes de diversas organizaciones de derechos humanos y varios ministerios, y del Mediador Parlamentario que tiene competencia en la esfera de los derechos humanos.


4. El Comité acoge complacido las medidas adoptadas para fomentar la igualdad entre hombres y mujeres, como el establecimiento de la Junta para la Igualdad, el Mediador para la Igualdad y la reciente aprobación de legislación por la que se establece por lo menos una representación del 40% de ambos sexos en órganos designados por el Gobierno a los niveles nacional y local.


5. El Comité también acoge complacido las políticas y programas del Gobierno encaminadas a crear nuevos puestos de trabajo y a ayudar a los desempleados a incorporarse o volver a la fuerza laboral, mediante programas de formación profesional, especialmente destinados a los jóvenes.


6. El Comité toma nota con satisfacción de las medidas adoptadas para proteger y albergar a las víctimas de violencias en el hogar, en especial las actividades realizadas a este respecto por la Unión de Hogares de Acogida, subvencionada por el Gobierno. El Comité también acoge complacido la reciente penalización de la violación marital, como medio para combatir el fenómeno de la violencia contra la mujer.


7. El Comité toma nota con satisfacción de las medidas encaminadas a fomentar la enseñanza de los idiomas romaní y sami en las escuelas y acoge complacido el hecho de que los representantes electos del pueblo sami puedan dirigirse al Parlamento sobre cuestiones que afecten a sus intereses.


8. El Comité toma nota de que a pesar de las dificultades debidas a la recesión económica, Finlandia aporta regularmente una contribución, aunque de reducido nivel, a los programas de cooperación internacional, fomentando así potencialmente la realización de los derechos económicos, sociales y culturales en otros países.

C. Factores y dificultades que obstaculizan la aplicación del Pacto


9. El Comité toma nota de que la recesión económica con que se enfrenta Finlandia y las políticas aprobadas para cumplir los criterios de convergencia con el fin de participar en la Unión Económica y Monetaria Europea han tenido consecuencias importantes para el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales por parte de toda la población finlandesa, en especial por parte de grupos sociales vulnerables. El Comité toma nota a este respecto de que los recientes recortes presupuestarios en gastos sociales, así como la reestructuración económica y la descentralización de los servicios sociales son factores que pueden influir en la plena aplicación de las disposiciones del Pacto. No obstante, el Comité toma nota de la opinión del Gobierno según la cual el ingreso en la Unión Europea ha constituido un instrumento útil para el cumplimiento de sus objetivos de política económica, incluidos los encaminados a luchar contra el desempleo.

D. Principales motivos de preocupación


10. El Comité toma nota de que, si bien las disposiciones del Pacto pueden invocarse directamente ante los tribunales o ser tenidas en cuenta por éstos, no ocurre así todavía. El Comité expresa a este respecto la preocupación de que abogados y jueces quizá no sean suficientemente conscientes de los derechos consagrados en el Pacto.


11. Al Comité le preocupa que, si bien la igualdad entre el hombre y la mujer está reconocida en la ley, no se logra totalmente en la práctica, en especial en la esfera de la igualdad de remuneración, y que en general, las mujeres continúen tropezando con más obstáculos que los hombres para progresar en su carrera profesional.


12. Aunque toma nota con satisfacción de la reciente disminución del porcentaje de la población que está en paro, el Comité sigue no obstante preocupado porque el nivel de desempleo continúa siendo alto, especialmente entre los jóvenes, los inmigrantes y los refugiados.


13. Si bien el Comité toma nota de que los convenios colectivos existentes en algunos sectores de actividad laboral contienen disposiciones para la determinación de los salarios mínimos, le preocupa que la ley no garantice un salario mínimo.


14. El Comité expresa su preocupación por el hecho de que los importantes recortes efectuados en la seguridad social y otros gastos de esta índole han reducido los ingresos de que disponen los padres o madres solteros y las familias jóvenes con hijos, han influido en la situación de las personas sin ingresos regulares amparadas por la Ley de seguro de enfermedad y han conducido a la supresión de los ajustes de las pensiones y las prestaciones de desempleo.


15. El Comité expresa su preocupación por las informaciones según las cuales miembros de la minoría romaní son discriminados cuando ciertas autoridades adoptan decisiones con respecto a la asignación de viviendas de propiedad pública.


16. El Comité lamenta la falta de datos estadísticos oficiales y de otras informaciones con respecto a problemas como la violencia en el hogar, los malos tratos contra los niños, la pornografía infantil, el suicidio de niños y adolescentes y el abuso del consumo de alcohol -cuestión esta última que

también afecta a los niños y adolescentes-, lo que impide que tanto las autoridades como el Comité puedan comprobar el alcance real de estos problemas.


17. El Comité expresa su preocupación por el reciente aumento de la tasa de abandono escolar, en especial entre niños de grupos en situación económica desventajosa y niños pertenecientes a minorías.

E. Sugerencias y recomendaciones


18. El Comité recomienda que las autoridades inicien programas de capacitación destinados a grupos específicos con el fin de aumentar el reconocimiento por parte de jueces y abogados de los derechos consagrados en el Pacto.


19. El Comité recomienda que el Gobierno intensifique sus esfuerzos para garantizar la aplicación efectiva en la práctica de la igualdad entre hombres y mujeres, en especial en lo que respecta al empleo y las remuneraciones.


20. El Comité insta a que se examine la posibilidad de promulgar legislación que establezca un salario mínimo y su ajuste periódico, de forma que se garantice la protección también a los trabajadores que no estén protegidos por convenios colectivos sectoriales.


21. El Comité alienta al Gobierno a que adopte medidas adecuadas para garantizar que la reducción de las asignaciones presupuestarias para programas de bienestar social no tenga por resultado la violación de obligaciones del Estado Parte establecidas en virtud del Pacto. El Comité destaca en especial la necesidad de proteger los derechos de los grupos vulnerables socialmente, por ejemplo, las familias jóvenes con niños, los refugiados y los ancianos o las personas en paro.


22. El Comité señala a la atención de las autoridades la necesidad de suprimir la discriminación de todo tipo en el ejercicio de los derechos establecidos en el Pacto, especialmente el derecho a la vivienda.


23. El Comité alienta al Gobierno a que prosiga sus esfuerzos para luchar contra los problemas del alcoholismo, la violencia en el hogar, el suicidio de niños y adolescentes y los malos tratos contra los niños, y recomienda la reunión de datos estadísticos y la realización de estudios completos y concretos acerca de la extensión, las causas y las consecuencias de esos problemas. El Comité señala en especial a la atención de las autoridades la importancia que debe darse a las medidas de detección y a las políticas preventivas. También destaca la necesidad de garantizar la promulgación y aplicación de legislación penal concreta y adecuada para combatir los malos tratos contra niños y la pornografía infantil.


24. El Comité también señala a la atención del Estado Parte el reciente problema del abandono escolar, que afecta principalmente a niños pertenecientes a grupos sociales vulnerables, por ejemplo, los niños de familias en mala situación económica o los niños pertenecientes a minorías. El Comité recomienda a este respecto que se adopten medidas concretas para garantizar que esos niños puedan terminar sus estudios en la medida de su capacidad personal.


25. El Comité recomienda que en su cuarto informe periódico el Estado Parte se ocupe de las preocupaciones expresadas en las presentes observaciones finales, así como de las cuestiones planteadas durante el examen del tercer informe periódico que no obtuvieron respuesta.


26. El Comité alienta al Estado Parte a que difunda ampliamente las observaciones finales aprobadas por el Comité después de haber examinado el tercer informe periódico del Estado Parte.

 



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