University of Minnesota



Conclusiones y recomendaciones del Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Congo, U.N. Doc. E/C.12/1/Add.45 (2000).



 

 

 

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
DE CONFOMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO


Observaciones finales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

REPÚBLICA DEL CONGO


1. El Comité examinó la situación de la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en la República del Congo en sus sesiones 16ª y 17ª, el día 5 de mayo de 2000 (22º período de sesiones), y en su 22ª sesión, el día 10 de mayo, aprobó las observaciones finales que figuran a continuación.

A. Introducción

2. En su séptimo período de sesiones, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales decidió examinar el estado de aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en varios Estados Partes que, a pesar de las muchas peticiones para que lo hicieran, no habían cumplido sus obligaciones de presentar informes en conformidad con los artículos 16 y 17.

3. En virtud del sistema para presentar informes establecido en el Pacto, presentan informes al órgano competente de vigilancia, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y por conducto de éste al Consejo Económico y Social sobre las medidas adoptadas, el progreso hecho y las dificultades encontradas para hacer valer los derechos reconocidos en el Pacto.

Además de violar el Pacto, el incumplimiento de las obligaciones de presentar informes crea un serio obstáculo para que el Comité desempeñe sus funciones. No obstante, el Comité sigue teniendo que desempeñar su papel de supervisión y debe hacerlo basándose en toda la información segura de que disponga.

4. Por lo tanto, cuando un gobierno no le haya informado de su cumplimiento de las obligaciones adquiridas en virtud del Pacto, el Comité basará sus observaciones en diversos materiales suministrados por fuentes tanto intergubernamentales como no gubernamentales. Si bien es cierto que las primeras suministran sobre todo datos estadísticos e importantes indicadores socioeconómicos, la información reunida de los escritos académicos pertinentes, de las organizaciones no gubernamentales y de la prensa, por su propio carácter, tiende a ser a más crítica de las condiciones políticas, económicas y sociales en los diversos países. En circunstancias normales, el diálogo constructivo entre un Estado Parte que presenta su informe y el Comité debe ser una oportunidad para que el gobierno exponga sus propias opiniones e intente refutar toda crítica y demostrarle al Comité que su política se ajusta a las disposiciones del Pacto.

5. Con todo y que entiende perfectamente las dificultades con que está tropezando la República del Congo para cumplir sus obligaciones de presentar informes en virtud del Pacto, el Comité recuerda que este país adquirió la calidad de Parte el 5 de enero de 1984, pero aún no ha presentado su informe inicial.

6. El Comité agradece la presencia el 5 de mayo de 2000 de una delegación de alto nivel, que sostuvo un diálogo constructivo con el Comité durante dos sesiones. También agradece la franqueza e imparcialidad con que respondió a las preguntas de los miembros del Comité y su buena disposición de informar de la mejor manera posible. No obstante, el Comité quiere recalcar que la presencia de la delegación y su cambio de opiniones con el Comité sin un informe escrito no puede considerarse cumplimiento de la obligación de presentar un informe escrito con arreglo a los artículos 16 y 17 del Pacto.

7. Teniendo presente la difícil situación general en la República del Congo, al Comité le parece necesario limitar sus observaciones finales a una evaluación del diálogo con la delegación sobre la situación de los derechos económicos, sociales y culturales en el país. También considera que, habida cuenta de que el Estado Parte no ha presentado un informe escrito, así como de la necesidad de que se le ofrezca asistencia técnica para que pueda cumplir sus obligaciones de presentar informes, las observaciones finales del Comité sólo pueden ser de carácter muy preliminar.


B. Factores y dificultades que obstaculizan la aplicación del Pacto

8. El Comité toma nota de la violenta agitación política intermitente, existente desde la independencia de la República del Congo. Esa agitación ha tenido incidencias desastrosas para la situación del país en general y para el disfrute de los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos en particular.

9. El Comité también tiene en cuenta el desplazamiento en gran escala de la población a causa de la violencia durante la guerra civil de 1997 a 1999, que trastornó seriamente el funcionamiento del aparato estatal, los servicios públicos, la actividad económica y la estabilidad social. Provisionalmente, se han calculado en aproximadamente un 55% del producto interno bruto proyectado para 2000 los daños causados por la guerra civil.

10. El Comité también conoce las incidencias negativas para el presente estado de las finanzas de la República del Congo de la fluctuación en los ingresos en concepto de hidrocarburos y de las políticas de desarrollo estatales.

11. Al Comité le inquieta en particular que se estimó que a fines de 1998, la deuda externa ascendía a más de 5.000 millones de dólares de los EE.UU. lo que para una población de 2,9 millones de habitantes equivalía a una deuda per cápita de casi 1.700 dólares.


C. Aspectos positivos

12. El Comité advierte con satisfacción que en noviembre y diciembre de 1999 el Gobierno y diversos grupos de milicianos firmaron dos acuerdos de cesación de hostilidades y manifiesta la esperanza de que el proceso de reconciliación nacional iniciado produzca estabilidad política y social y permita un mayor respeto de los derechos económicos, sociales y culturales.

13. El Comité alaba al Estado Parte por ratificar en noviembre de 1999 un número considerable de convenios internacionales básicos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT): el Convenio Nº 81 sobre la inspección del trabajo de 1947, el Convenio Nº 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva de 1949, el Convenio Nº 100 sobre igualdad de remuneración de 1951, el Convenio Nº 105 sobre la abolición del trabajo forzoso de 1957, el Convenio Nº 111 sobre la discriminación (empleo y ocupación) de 1958, el Convenio Nº 138 sobre la edad mínima de 1973 y el Convenio Nº 155 sobre seguridad y salud de los trabajadores de 1981.

14. El Comité manifiesta su satisfacción por el regreso de un gran número de desplazados internos a su lugar de origen y espera que este proceso continúe pacíficamente.

15. El Comité toma nota con reconocimiento de que, a petición del Gobierno, organismos especializados como la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional (FMI), al igual que la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), están ayudando a la República del Congo a arrostrar sus innumerables problemas del modo siguiente:

a) En 1998, el FMI decidió facilitarle un crédito especial de 10 millones de dólares para recuperarse del conflicto; también indicó que figuraban a la cabeza de la lista de prioridades los gastos en salud, educación y bienestar social.

b) La OMS ha emprendido diversas actividades humanitarias, por ejemplo, de vigilancia epidemiológica de emergencia en 21 zonas en que hay desplazados internos en Brazzaville, apoyo técnico para abastecimiento de agua y saneamiento y suministro de medicamentos esenciales, y apoyo técnico para el suministro de sangre en condiciones seguras.

c) La FAO está poniendo en ejecución cuatro proyectos operacionales en el Congo, de los cuales tres son programas de cooperación técnica que financia para proporcionar insumos agrícolas de carácter urgente, rehabilitar los sistemas de datos estadísticos agrícolas y apoyar una legislación sobre la fauna. El cuarto proyecto guarda relación con insumos agrícolas urgentes y el apoyo a la coordinación con fondos del Gobierno de Suecia.


D. Principales motivos de preocupación

16. El Comité manifiesta su profunda preocupación porque el Gobierno del Presidente Denis Sassou-Ngueso abrogó la Constitución en octubre de 1997, de modo que se creó un vacío legislativo que ha sido perjudicial para el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales de los ciudadanos de la República del Congo. La "Ley fundamental", aprobada en lugar de la Constitución, no puede garantizar el disfrute de esos derechos.

17. También le preocupa la discriminación de la mujer. Las leyes del matrimonio y la familia manifiestamente discriminan a las mujeres (por ejemplo, el adulterio de la mujer es ilícito, pero, en ciertas circunstancias, el del hombre, no si bien el Código dispone que el 30% del patrimonio del marido le toque a la mujer supérstite, en la práctica suele perder todo derecho de sucesión). Está muy difundida, aunque rara vez se denuncie, la violencia en el hogar, la violación y palizas inclusive, y la ley no dispone sanciones al respecto. Por otro lado, a pesar de las disposiciones legislativas que confirman el principio de igual salario por trabajo igual, hay menos mujeres en el sector estructurado de la economía y tropiezan con discriminaciones para ascender. En las zonas rurales están en condiciones especiales de desfavor en la educación y el empleo, hasta en la remuneración.

18. Con relación a las minorías étnicas, el Comité ha detectado una modalidad parecida. Los pigmeos no gozan de igualdad en una sociedad predominantemente bantú. Están muy marginados en el empleo, la salud y la educación y, normalmente, se les considera socialmente inferiores a los demás.

19. Al Comité le preocupan mucho varias cuestiones relacionadas con el trabajo en el Congo. Como consecuencia de la abrogación de la Constitución, muchas disposiciones constitucionales concernientes al derecho a trabajar y a condiciones equitativas y favorables de trabajo no están en vigor, como las que prohíben el trabajo forzoso o la servidumbre por deudas de menores de 16 años o las referentes a un sueldo razonable, días de fiesta remunerados, vacaciones vacaciones periódicas pagadas y un límite establecido por ley de las horas de trabajo permitidas.

20. También le preocupan los efectos negativos para el abastecimiento de alimentos de la violencia, el desplazamiento de la población y la desorganización de las actividades de producción y comercialización, que ha señalado la FAO. Cabe esperar que se exija la importación en el año 2000 de aproximadamente 140.000 toneladas de trigo, arroz y cereales menores, lo que equivale al 97% del consumo total. El Informe sobre desarrollo humano, 1999, del PNUD indica que la ingesta diaria per cápita de alimentos en el Congo es de 2.107 calorías, lo que es ligeramente inferior a los países catalogados de un escaso desarrollo humano (2.145 calorías). La proporción de habitantes desnutridos ha aumentado del 29% en el período comprendido entre 1979 y 1981 al 34% desde 1995 hasta 1997.

21. El Comité manifiesta su grave preocupación por el empeoramiento de la situación sanitaria en el Congo. La epidemia del SIDA está infligiendo muchas pérdidas mientras que la crisis financiera ha dado lugar a una profunda escasez de fondos para servicios de sanidad o para mejorar la infraestructura para el abastecimiento de agua y el saneamiento en las zonas urbanas. La guerra ha causado graves daños a las instalaciones de salud en Brazzaville. Según un estudio conjunto de la OMS y el Programa conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA (ONUSIDA), algo como 100.000 congoleños, entre ellos sobre 5.000 niños, contrajeron el VIH a principios de 1997. Se estima que más de 80.000 personas han muerto de SIDA, 11.000 únicamente en 1997. Se afirma que algo como 45.000 niños han perdido o a su madre o a ambos padres como consecuencia de la epidemia.

22. Además, al Comité le inquieta que, a causa de la violencia y de los desplazamientos en gran escala subsiguientes, hayan ocurrido enfermedades epidémicas como el cólera o enfermedades diarreicas. Por otro lado, a causa de los trastornos en la infraestructura nacional, el transporte y las comunicaciones inclusive, las organizaciones de ayuda humanitaria tienen pocas posibilidades de llegar hasta los grupos de desplazados fuera de Brazzaville.

23. El Comité está muy descontento con el sistema de enseñanza en el Congo. Pese a que solía ser bastante avanzado, se ha deteriorado gravemente como consecuencia de la mala administración económica, la escasez de recursos y la agitación política. Según la delegación, menos niños están matriculados, hay una escasez de maestros y material didáctico y los planteles educativos están en condiciones deplorables.


E. Sugerencias y recomendaciones

24. El Comité pone en conocimiento del Estado Parte que el Pacto crea la obligación de que todos los Estados Partes presenten su informe inicial e informes periódicos subsiguientes y que por muchos años la República del Congo no ha cumplido ese deber.

25. El Comité exhorta al Estado Parte a adoptar una Constitución para asegurar que la población, en particular los grupos más vulnerables y necesitados, disfruten de sus derechos económicos, sociales y culturales. También debería tomar medidas apropiadas para garantizar, entre otras cosas, la prohibición de la discriminación, la eliminación de los trabajos forzosos o la servidumbre por deudas, en particular de menores de 16 años de edad, y la existencia de condiciones para el goce del derecho a trabajar, como igual salario por trabajo igual para hombres y mujeres. El Comité quisiera señalar que habría que plantear estas cuestiones a la OIT, con la que el Gobierno del Congo está negociando las medidas de aplicación de convenios recién ratificados y posibles programas de cooperación técnica.

26. El Comité exhorta al Estado Parte a abordar las desigualdades con que tropiezan las mujeres a fin de suprimirlas, entre otras cosas, adoptando y poniendo en ejecución medidas legislativas o administrativas apropiadas.

27. El Comité también exhorta al Estado Parte a adoptar medidas para integrar plenamente a los pigmeos a la sociedad congoleña de modo que puedan gozar plenamente de sus derechos económicos, sociales y culturales.

28. El Comité exhorta firmemente al Estado Parte a prestar atención inmediata y tomar medidas con respecto a la grave situación sanitaria en su territorio con vistas a restablecer servicios básicos en zonas tanto urbanas como rurales y prevenir y luchar contra el VIH/SIDA u otras enfermedades transmisibles como el cólera y las enfermedades diarreicas. El Comité también anima al Gobierno a trabajar estrechamente con la OMS y el ONUSIDA en la solución de estos problemas.

29. El Comité exhorta al Estado Parte a prestar la debida atención a la rehabilitación de la infraestructura para la enseñanza asignando los fondos necesarios para pagar el sueldo de los educadores, para conseguir material didáctico y para reparar los planteles. También recomienda que retire su reserva a los párrafos 3 y 4 del artículo 13 del Pacto.

30. En conformidad con el párrafo 1 del artículo 2 y el artículo 23 del Pacto, se pide que los organismos especializados suministren al Comité la información complementaria y los comentarios relativos a la situación y el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales en la República del Congo.

31. El Comité anima al Estado Parte a consultar con el PNUD y con otros organismos y programas apropiados acerca de la disponibilidad de servicios de asesoramiento y cooperación técnica para formular y ejecutar un programa coherente, de gran amplitud, para la promoción y protección de los derechos humanos. El programa debería incluir mecanismos eficaces de vigilancia y evaluación de su propia ejecución.

32. El Comité apoya la petición del Gobierno, dirigida a la FAO de un programa especial de seguridad alimentaria, para facilitar el suministro de alimentos por medio de proyectos agrícolas en pequeña escala, a bajo costo. El Comité señala que en un futuro próximo está proyectada una nueva misión para formular proyectos para que apoye al equipo nacional en los preparativos iniciales del programa. La República del Congo también puede aprovechar las actividades de cooperación Sur-Sur de la FAO, que implican que los países en desarrollo compartan sus conocimientos, competencias y experiencia.

33. El Comité recomienda que el Gobierno de la República del Congo utilice los servicios de asesoramiento de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de modo que pueda presentar, lo antes posible, un informe general sobre la aplicación del Pacto conforme a las directrices revisadas del Comité, haciendo particular hincapié en las cuestiones planteadas y las inquietudes expresadas en las presentes observaciones finales provisionales.

34. El Comité espera con ansia que la República del Congo presente el informe inicial y que el diálogo constructivo con el Comité y la información que suministren los diversos organismos especializados y programas sean de utilidad para el Gobierno en el cumplimiento de sus obligaciones en calidad de Parte en el Pacto.

 

 



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