EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 9 DE LA CONVENCIÓN
Observaciones finales del Comité para la Eliminación de
la Discriminación Racial
Guinea
256. En su 1154ª sesión, celebrada el 14 de marzo de 1996 (véase CERD/C/SR.1154), el Comité examinó la aplicación de la Convención por Guinea basándose en su informe anterior (CERD/C/15/Add.1) y en el examen realizado por el Comité (véase CERD/C/SR.369). El Comité observó con pesar que desde 1977 no se le había presentado informe alguno.
257. El Comité lamentó que Guinea no hubiera respondido a su invitación
para que participara en la sesión y proporcionara la información
pertinente. El Comité decidió que se enviara una comunicación
al Gobierno de Guinea recordándole sus obligaciones en materia de presentación
de informes contraídas en virtud de la Convención e instándole
a reanudar lo antes posible el diálogo con el Comité.
258. El Comité sugirió que el Gobierno de Guinea recurriera a
la asistencia técnica ofrecida por el programa de servicios de asesoramiento
y asistencia técnica del Centro de Derechos Humanos, a fin de preparar
y presentar lo antes posible un informe actualizado elaborado de conformidad
con las directrices para la preparación de informes.